Aprueban diputados reformas a la Constitución Local en materia electoral
|- Se establecen disposiciones sobre los recursos públicos en materia electoral y la reducción, a tres años, del periodo constitucional de Ayuntamientos.
Xalapa
Las diputadas y diputados de la LXV Legislatura de Veracruz aprobaron el
dictamen de decreto por el cual se reforman y adicionan diversas disposiciones
a la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, con
lo que se busca establecer una serie de prerrogativas que maximicen los
derechos político-electorales y a su vez reduzcan el gasto público en materia
electoral.
El dictamen, puesto a consideración del Pleno por la Comisión Permanente de
Justicia y Puntos Constitucionales, registró 34 votos a favor, 14 en contra y
una abstención. Es resultado de las iniciativas presentadas el pasado 2 de mayo
por los integrantes del Grupo Legislativo de Morena y por el diputado de la
bancada Movimiento Ciudadano-PRD, Alexis Sánchez García.
Los partidos políticos contarán, de manera equitativa, con elementos para
llevar a cabo sus actividades en la forma y términos que se señalen en la
Constitución local y la ley en la materia.
También tendrán derecho de acceder a los tiempos en radio y televisión,
conforme a lo previsto en la Constitución federal y en la Ley General que los
regula. Las candidaturas independientes registradas conforme a la ley; tendrán
derecho a prerrogativas para las campañas electorales, de acuerdo con las
previsiones constitucionales y legales aplicables.
Los partidos políticos nacionales y locales, para efectos de las elecciones
locales, tendrán derecho al financiamiento público de sus actividades,
estructura, sueldos y salarios, que se compondrá y otorgará conforme a lo
siguiente y a lo que disponga la ley.
El financiamiento público para el sostenimiento de actividades ordinarias
permanentes se fijará anualmente, para los partidos políticos locales en los
términos establecidos por la Ley General de Partidos Políticos. Para los
partidos políticos nacionales se calculará multiplicando el número total de
personas inscritas en el padrón electoral del Estado, con corte de julio de
cada año, por el treinta y dos punto cinco por ciento del valor diario de la
Unidad de Medida y Actualización.
EI treinta por ciento del monto que resulte se distribuirá de forma igualitaria
y el setenta por ciento restante se distribuirá de acuerdo con el porcentaje de
votos que hubieren obtenido en la elección de Diputados inmediata anterior.
El financiamiento público por actividades específicas, equivaldrá al tres por
ciento del monto total del financiamiento público para actividades ordinarias
de ese mismo año. El monto total será distribuido en forma igualitaria entre
los partidos políticos.
El financiamiento público para campañas durante el año de la elección a la
Gubernatura, diputaciones y ayuntamientos, equivaldrá al cincuenta por ciento
del financiamiento público para actividades ordinarias de cada partido en ese
mismo año; cuando sean elecciones de diputaciones y ayuntamientos, equivaldrá
al treinta por ciento. La distribución será igualitaria entre las candidaturas,
por tipo de elección y ciudadanos inscritos en padrón electoral.
El financiamiento público para los partidos políticos que hubieran obtenido su
registro con fecha posterior a la última elección o que habiendo conservado
registro legal no cuenten con representación alguna en el Congreso del Estado,
se otorgará el dos por ciento del total del financiamiento público para
actividades ordinarias de ese mismo año, este monto se obtendrá del
financiamiento público para actividades ordinarias y no se aumentará por este
concepto.
El monto les será entregado en la parte proporcional que corresponda a la
anualidad, a partir de la fecha en que surta efectos el registro. Durante el
tiempo que comprendan las campañas electorales y hasta el día de la jornada
electoral, las autoridades estatales y municipales cesarán toda campaña
publicitaria relativa a obras y programas públicos. A las autoridades
electorales corresponderá la vigilancia y sanción a las violaciones de lo
dispuesto en este párrafo.
Durante los procesos electorales locales de ayuntamientos, el Organismo Público
Local electoral del Estado (OPLE) deberá instalar Consejos Municipales
Especiales, en los municipios donde concurran las actividades de dos o más
distritos uninominales locales; tendrán como atribución realizar los cómputos
de la elección del ayuntamiento; serán conformados por personas mayores de 18
años y que deseen participar como funcionarios electorales en los términos que
disponga la Ley en la materia.
Por otra parte, se armonizó el periodo constitucional de los ediles con lo
establecido en la Carta Magna federal.
En la etapa de posicionamientos y en nombre del Grupo Legislativo de Morena, la
diputada Elizabeth Cervantes de la Cruz dijo que con la aprobación de este
decreto Veracruz se estaría ahorrando tan solo en financiamiento directo a
partidos políticos, 177 millones de pesos al año.
“De por sí, ese dinero ni siquiera ha llegado a las campañas, ni a sus
candidatos, ese dinero no se ha sido utilizado para fortalecer nuestra
democracia, digamos las cosas como son: históricamente ese dinero, que es del
pueblo veracruzano, ha servido para enriquecer a ciertos líderes políticos”,
agregó.
Sobre el caso de los recursos públicos, ejemplificó que el equipamiento de última
tecnología para el Centro de Alta Especialidad de Xalapa, el año pasado, costó
130 millones de pesos.
La legisladora Cervantes de la Cruz destacó la reducción del periodo de los
Ayuntamientos a tres años, permitiendo la reelección consecutiva, alineados con
la Constitución federal. Ello permitirá que las personas puedan refrendar o
castigar a sus autoridades municipales según haya sido su desempeño. Y de paso,
hacer coincidir las elecciones municipales con las del Congreso local, lo cual
evitará duplicidad de gastos cada cuatro años, como ocurre ahora, expuso.
Por el Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional (PAN), su coordinador, el
diputado Omar Guillermo Miranda Romero, adelantó su voto en contra, al
considerar que dadas las circunstancias no hay condiciones para discutir a
fondo la iniciativa, “precisamente, porque no es posible tener los elementos
suficientes para realizar un análisis que permita hacer una deliberación
parlamentaria a la altura de lo que exigen los veracruzanos, y que debamos enfocarnos
sólo a la forma, la cual de por sí ya es suficiente para no avalar el presente
dictamen”.
Tras ser aprobado por el Pleno, la Mesa Directiva instruyó remitir el decreto a
los 212 Ayuntamientos para los efectos previstos en la Ley Reglamentaria de la
entidad del artículo 84 constitucional.