Juez federal decretó: prisión preventiva a ex comisionada de IVAI fue excesiva; decisión de dejarla recluida, violentó los principios de presunción de inocencia
|- Lleva 11 meses recluida, pero no ameritaba prisión preventiva; carpetas de investigación FGE/FECCEV/357/2019 y FGE/FECCEV/372/2019.
- Este miércoles 10 de febrero, un juez federal valoró y confirmó, que los delitos de los que se señala a la excomisionada del IVAI, Yolli G A, no ameritan prisión preventiva, a pesar de que permanece recluida desde marzo del 2020.
- La exconsejera fue detenida a petición de la Fiscalía Anticorrupción a cargo de Alfredo Corona Lizárraga, hoy comisionado del IVAI.
Xalapa
El 26 de marzo del 2020, la ex comisionada del Instituto Veracruzano de Acceso a la Información (IVAI), Yolli G A, fue detenida por policías ministeriales acusada de abuso de autoridad, coalición y ejercicio indebido de funciones.
La captura ocurrió en la calle Revolución, a la altura de la Catedral Metropolitana, en el Centro Histórico de Xalapa.
En ese entonces, Gerson Villegas Contreras, abogado defensor de la ex comisionada, consideró que por los delitos que se le acusan no ameritaban prisión preventiva, «pero será una situación que el juez determine, fue traída aquí por un mandamiento judicial»; sin embargo, le fue dictada prisión preventiva y recluida en el penal de Pacho, en aparente violación a sus derechos constitucionales.
Yolli G A, enfrenta un proceso penal derivado de las carpetas de investigación FGE/FECCEV/357/2019 y la acumulada FGE/FECCEV/372/2019, ambas de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción.
Este miércoles 10 de febrero, un juez federal valoró y confirmó, que los delitos de los que se señala a la excomisionada del IVAI, Yolli G A, no ameritan prisión preventiva, a pesar de que permanece recluida desde marzo del 2020.
El amparo que se otorgó a la exmagistrada también determina que es necesario fijar una nueva fecha de audiencia al considerar “insubsistente” la resolución del 24 de julio del 2020, cuando se confirmó como medida cautelar la prisión preventiva.
La decisión de un juez de dejarla recluida en el penal de Pacho Viejo, en el municipio de Coatepec, violentó los principios de presunción de inocencia y de excepcionalidad de la imputada.
La exconsejera fue detenida por los presuntos delitos de autoridad, coalición y ejercicio indebido de funciones; la petición de la orden de aprehensión la hizo la Fiscalía Anticorrupción a cargo de Alfredo Corona Lizárraga, hoy comisionado del IVAI.
El juez pidió fijar de manera inmediata una nueva fecha para la celebración de una audiencia en la que se considere que se encuentra acreditado el arraigo de la imputada en el lugar donde va a ser juzgada.
Asimismo, se tendrán que valorar si las manifestaciones realizadas por la exfuncionaria cuando solicitó la suspensión condicional y se comprometió a no ejercer ningún cargo público a nivel estatal por el lapso de seis meses; residir en un domicilio; no frecuentar las instalaciones del IVAI, prestar un servicio social a favor del Estado y no viajar al extranjero, son suficientes para comprobar su voluntad de someterse al proceso o bien si la Fiscalía General del Estado (FGE) demostró lo contrario.
La exservidora pública habría solicitado arraigo domiciliario aportando como constancia de su residencia recibos de energía eléctrica y su credencial de elector para acreditar que habita el mismo domicilio desde hace 12 años.
Sin embargo, el juez de control de Pacho; consideró que no existían garantías de que no fuera a sustraerse de la acción de la justicia, por lo que se ordenó su reclusión en un penal estatal.
Ante esa decisión, el juzgador federal consideró que la resolución del juez Gregorio Noriega con la que se impuso la prisión preventiva no estuvo apoyada en cuestiones objetivas y de derecho.
“Este órgano jurisdiccional considera que existen medidas cautelares menos severas que pudieron imponerse a la parte quejosa, como podría ser el embargo total o parcial de cuentas; arraigo domiciliario o cualquier otra medida menos lesiva que la prisión”.