SCJN INVALIDA LA “OBJECIÓN DE CONCIENCIA”; CONGRESO DE LA UNIÓN DEBERÁ LEGISLAR
|Amadeus Olivarex
Martínez de la Torre, Ver.
Entre la familia católica sintieron como un balde de agua fría, la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de invalidar el concepto “objeción de conciencia”, plasmado que estaba en el artículo 10 Bis de la Ley General de Salud, citando como sustento el que se podían cometer abusos, por parte del personal médico, a fin de no proceder a la interrupción legal del embarazo, exponiendo a su muy limitado criterio, serias complicaciones en la salud de la paciente
Por lo que quienes se aprestan a participar en la marcha masiva, el próximo día 3 de octubre, en la Ciudad de México, indicaron que estarán más que atentas a la legislación que al respecto apruebe el Congreso de la Unión, en reposición y condicionantes del mencionado y por ahora suprimido concepto de “objeción de conciencia”, entre personal médico.