DESATINOCRACIA
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Por Juan Baizabal
Después de la polémica generada entre el gobernador Cuitláhuac García Jiménez y el Senador de Morena Ricardo Monreal Ávila, respecto a la liberación de los seis jóvenes acusados de “ultrajes a la autoridad”. ¿A quién asiste la razón?, ¿Era necesario privarles de su libertad o había un abuso de autoridad?, ¿dónde quedó el principio de “presunción de inocencia”?
Recordemos un poco. El pasado 11 de marzo del año en curso, se publicó en la Gaceta Oficial de Veracruz el Decreto Número 848 que reforma diversas disposiciones del Código Penal del Estado Libre y Soberano de Veracruz, en materia de extorción, robo, despojo, ultrajes a la autoridad, contra las instituciones de seguridad pública y contra la seguridad de la comunidad.
El delito de “ultrajes a la autoridad” ya era tipificado en nuestro Código, Capítulo XIII en el artículo 331, mismo que dice “Se impondrán de seis meses a dos años de prisión y multa hasta de cuarenta días de salario a quien amenace o agreda a un servidor público en el momento de ejercer sus funciones o con motivo de ellas” (CPV, 2021).
Con la actual reforma de 2021, se adicionó los párrafos siguientes:
“Se le aplicará al responsable de este delito, además de las sanciones anteriores, de cinco a siete años de prisión, cuando se actualicen cualquiera de los supuestos siguientes:
I. Se realice por una o más personas armadas o portando instrumentos peligrosos; II. Se realice por medio de cualquier tipo de violencia contra la víctima; III. Que el sujeto activo manifieste ser miembro de una pandilla, asociación delictuosa o de la delincuencia organizada, real o ficticia o que por cualquier medio manifieste la intervención de estos grupos en la comisión del delito; o IV. Que se realice a través de cualquier otra circunstancia que disminuya las posibilidades de defensa o protección del sujeto pasivo o lo ponga en condiciones de riesgo o desventaja” (GOFV, 2021).
Partiendo de este supuesto, hace un poco más de tres meses, seis jóvenes fueron detenidos, acusados de agredir a policías con una navaja, por lo que se actualizó el delito de ultrajes a la autoridad. Es importante citar el artículo 332, mismo que define al servidor público para efectos de este delito.
“Para los efectos de este Título, es servidor público toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en los Poderes Públicos, en los organismos autónomos de Estado o en la Administración Pública Estatal o Municipal” (CPV, 2021).
Hace unos días, el senador Monreal Ávila solicitó la pronta liberación de los jóvenes, pero fue ignorado. Por lo que el viernes pasado, subió un video a sus redes sociales, acusando al Gobierno de Veracruz de omiso y mediocre.
Por lo que el gobernador García Jiménez contestó estar del lado de las víctimas (de los policías) y señaló al senador de defender a delincuentes. A lo que el senador envió otro mensaje: “No señor gobernador, yo no defiendo delincuentes, defiendo el Estado de Derecho, defiendo los principios de inocencia y debido proceso, defiendo a la gente del autoritarismo y de las vendettas políticas que siempre son injustas”.
En el segundo video publicado, el también presidente de la Junta de Coordinación Política en el Senado de la República, recomendó al mandatario estatal: “Usted debe ser más cuidado con lo que hace y lo que pronuncia porque su investidura no le permite convertirse en juzgador y condenar a ciudadanos que han sido exonerados por un juez federal”.
Más allá de los dimes y diretes, que dejan claro la inestabilidad al interior de Morena. Se debe fortalecer al Sistema de Justicia Penal Acusatorio, respetar sus principios y garantizar los derechos fundamentales de cada persona.