Belinda pagaría 21 mdp de impuesto por el anillo que le dio Nodal
|- De conservar el anillo de compromiso que Nodal le dio, la cantante tendría que declararlo ante Hacienda por su alto costo.
CIUDAD DE MÉXICO.
Luego de la ruptura amorosa entre Belinda y Christian Nodal, una de las incógnitas que ha surgido es, ¿qué pasará con el anillo de tres millones de dólares que que él le dio el año pasado en Madrid como compromiso?
Si Belinda aún conserva la joya y posee la factura, debería pagar un impuesto aproximado de 21 millones de pesos al SAT por ésta, valuada en unos tres millones de dólares o su equivalente, 62 millones 340 mil pesos mexicanos.
El contador público Daniel Escobar Aquino explicó a Excélsior que, tras la ruptura, la sortija es considerada una donación para la cantante y toda donación es considerada un ingreso y por tanto genera ISR para los contribuyentes en México, es decir, para quienes la ley considera sujetos de impuestos por su actividad empresarial en el país. En este caso, no importa si el anillo fue adquirido en Estados Unidos y “donado” en España, pues “de acuerdo con lo establecido en el Artículo 130 de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente, un donativo se establece como un ingreso y debe ser declarado para pagar el impuesto correspondiente en el ejercicio fiscal en el que fue recibido”.
Los donativos se consideran un ingreso, no importa que sean en especie. El Artículo 130 de la Ley del Impuestio sobre la Renta dice que son ingresos por enajenación de bienes los donativos y lo considera como tal, porque incrementa el patrimonio de la persona. En este caso, esta persona está recibiendo un donativo”, señaló.
Luego, el Artículo 93 Fracción XXIII, estipula: “No se pagará el ISR por la obtención de los siguientes ingresos: los donativos entre cónyuges o los que perciban los descendientes de sus ascendientes en línea recta, cualquiera que sea su monto; los que perciban los ascendientes de sus descendientes en línea recta, siempre que los bienes recibidos no se enajenen o se donen por el ascendiente a otro descendiente en línea recta, sin limitación de grado; y los demás donativos, siempre que el valor total de los recibidos en un año de calendario no exceda de tres veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año y por excedente se pagará impuesto en los términos de este título”.
En México, el salario mínimo se mide por medio de la UMA (Unidad de Medida y Actualización), cuyo valor anual este año es de 35 mil 101 pesos. Es decir, que respecto al último apartado, la donación no debería exceder los 105 mil 303 pesos, cifra que exenta el impuesto.
En el caso del anillo de Belinda, el excedente es de 62 millones 234 mil pesos, monto por el que la cantante pagaría el ISR, aproximado de 21 millones 782 mil pesos.
Si ella es contribuyente en México, tendría que declarar ese ingreso en México en el ejercicio fiscal en que se hizo la donación. Si aún no lo ha declarado, estaría en tiempo.
En la declaración anual debería declarar, con sus demás ingresos, esos 62 millones. Lo que le resulte de impuesto, de 30 o 35%, debe pagarlo descontando los pagos provisionales que haya hecho en el año. Es decir, que si ya pagó ese provisional, sólo pagaría la diferencia en el anual. Reitero, si ella tiene actividad empresarial en México, debe declararlo”, precisó Escobar Aquino.
Si no lo declara en tiempo y forma, tendría que pagar actualización de recargos por la omisión de la declaración, que es alrededor del “3% del valor del artículo, pero por mes, desde que recibió el donativo”.
Ante la arista de la posible venta del anillo, el contador público apuntó que una vez que Belinda pague el ISR, puede venderlo y, después, pagar el impuesto sobre la diferencia del valor de venta. Sin embargo, para ello, la cantante debe contar con la factura del artículo.
Si no tiene la factura, ¿cómo puede determinar el valor y comprobación de que es suyo? Él podría argumentar que es suyo si ella no tiene factura y pedirlo de vuelta y, en ese caso, si ella se niega a regresarlo, él podría acusarla de despojo, pero ése ya es un tema civil.
Sin embargo, si ella tiene la factura y el artículo se le donó de manera escrita o verbal, ella es la donataria y, por tanto, tiene que declarar el ingreso.
Hay empresas que por su actividad empresarial tienen autorización del SAT para ser donatarias y exentar el impuesto. En este caso, ella no tiene ese permiso y debe declararlo y pagar el impuesto”, concluyó.
La madrugada de ayer, Belinda publicó en sus redes sociales que agradecía a sus fans “todo el amor y apoyo incondicional que siempre me han demostrado. Estos días han sido difíciles. Ustedes más que nadie saben que soy una persona introvertida y es porque siempre trato de cuidar mi corazón, pero inevitablemente me duele y mucho…”