Dispensa a Inés Romero, incumple la Constitución
|- Ordena que los magistrados duren hasta los 70 años de edad y cumplidos se tienen que separar.
- La dispensa de Isabel Inés Romero Cruz por “utilidad del servicio público”, no puede ser tomada como válida pues no es la única persona que está capacitada para ostentar el cargo.
Xalapa
Mientras una veintena de magistrados han sido retirados del ejercicio del Poder Judicial por cumplir 70 años, como marca la ley, Isabel Inés Romero Cruz, magistrada presidenta del Tribunal Superior de Justicia, logró una dispensa del Congreso Local para mantenerse en el cargo por seis meses más, lo cual es una clara violación a la ley, considerado abogados expertos.
El artículo 59 de la Constitución Local de Veracruz, máxima ley en el Estado establece que a un magistrado con setenta años se le debe aplicar el retiro forzoso, es decir, deben dejar el cargo.
Fue en el 2017, cuando el entonces gobernador Miguel Ángel Yunes Linares promovió la limpia del Poder Judicial y fue el morenista Cuitláhuac García quien hizo los nombramientos.
A por lo menos una veintena de exmagistrados se les ha aplicado ese artículo constitucional, sin embargo, ahora se dio una dispensa a Romero Cruz para permanecer hasta noviembre del 2022, con la idea de concluir el periodo que llegó a suplir.
Sin el aval de la oposición, pues abandonaron la sesión en la que se presentó el documento por el que se le autorizó permanecer en el cargo. Éste solo estaba firmado por el presidente de la Junta de Coordinación, Juan Javier Gómez Cazarín.
El abogado Fidel Ordoñez señaló que si bien esta dispensa se ha usado en el pasado para permitir que una persona ostente un cargo público se ha privilegiado para perfiles jóvenes, dado que la Constitución expresamente señala que al llegar a los 70 —en el caso de los magistrados– deben retirarse.
“La justificación se refiere a una habilitación de edad, pero siempre se había aplicado a una persona joven para que pudiera ocupar un cargo público, no en una persona de la tercera edad (…) Están interpretando equivocadamente la Constitución”.
Ejemplificó el caso de Miguel Alemán Valdez primero para ser magistrado del Tribunal y posteriormente como Gobernador, pero aseguró que la solicitud de Romero Cruz no debe aplicar.
“No tiene la posibilidad de mantenerse en el cargo porque estamos hablando no de cualquier ley sino de la Constitución Política del estado, que ordena que los magistrados duren hasta los 70 años de edad y cumplidos se tienen que separar. Además, ordena que solamente deben existir 30 diputados por fracción parlamentaria y en Veracruz tiene 31 diputados de Morena, ni siquiera ellos cumplen con la constitución; están tan acostumbrados a violar la Constitución que no la obedecen”.
“Tiene que retirarse de la presidencia, se puede nombrar un presidente interino y llamar a una elección en el seno del Consejo de la Judicatura y Tribunal Superior de Justicia para designar al presidente o bien el Gobernador podría presentar ante el Congreso local una terna para que se elija”, dijo.
Justificación de “servicio público” no es válida: Felipe Fernández.
Para el abogado Felipe de Jesús Fernández Basilio la justificación de la magistrada presidenta Isabel Inés Romero Cruz sobre la dispensa por “utilidad del servicio público” no puede ser tomada como válida pues no es la única persona que está capacitada para ostentar el cargo.
“No se pueden contraponer dos normas constitucionales, es un blindaje muy fuerte. Además, hay otros 32 magistrados y no se justifica la utilidad pública porque no es la única persona capacitada para desempeñar el cargo. No hay una razón de fuerza mayor que diga que tenga que ser precisamente ella la magistrada presidenta”, enfatizó.