EL CIUDADANO
|“La mayor parte de los hombres son capaces más bien de grandes acciones que de buenas acciones” BARÓN DE MONTESQUIEU
Hola, buen día apreciado lector, le expreso mi agradecimiento más profundo por la bondad de su lectura, esperando que resulte de su interés y en algo contribuya a su persona, reciba mi abrazo fraterno este jueves 16 de junio del 2022. En publicaciones anteriores hemos hablado de los temas relacionados con los tipos legales de HOMICIDIO Y LESIONES, pues bien, nuestro Código Penal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, establece en disposiciones comunes para ambos delitos en su (REFORMADO, G.O. 10 DE FEBRERO DE 2005), en su artículo 144 el siguiente enunciado: “… El homicidio y las lesiones tendrán el carácter de CALIFICADAS cuando se cometan: I. Con PREMEDITACIÓN, ALEVOSÍA, VENTAJA O TRAICIÓN; II. Por retribución dada o prometida; III. Dolosamente mediante inundación, incendio, minas, bombas, explosivos, radiación o liberación de sustancias nocivas o gases; IV. Con saña, crueldad o por depravación; V. Por asfixia, envenenamiento o empleo de cualquier sustancia nociva para la salud; o VI. Por contagio intencional de una enfermedad incurable…”, y continúa señalando en subsecuente párrafo: “…Para efectos de la fracción I, hay premeditación cuando el agente causa la muerte o lesión después de haber reflexionado sobre el delito que pretende cometer; alevosía, cuando se sorprende intencionalmente a alguien empleando acechanza o engaño; ventaja, cuando el delincuente tenga superioridad física sobre la víctima y ésta sea mujer, niño, adultos mayores o personas con capacidades diferentes o cuando el delincuente no corra el riesgo de ser muerto o herido por el ofendido; y traición, cuando se viola la seguridad que expresamente se había prometido a la víctima, o la tácita que ésta debía esperar en razón del parentesco, gratitud, amistad o cualquiera otra circunstancia que inspire confianza…”.
Si usted analiza detenidamente este numeral 144, notará de la abundancia de conceptos jurídicos que involucra, así como la descripción que realiza de los conceptos ahí plasmados, mostrando conceptos tan importante como el de superioridad física y al respecto déjeme decirle que estamos hablando no sólo de el tamaño físico o fortaleza, también se comprende las habilidades de las personas o conocimientos técnicos en combate, como también nos habla del principio de invulnerabilidad, es decir, que el delincuente al momento de cometer las lesiones o el homicidio, no corra ningún riesgo de ser lesionado o muerto, lo anterior pone en condiciones de notoria ventana al victimario sobre su víctima ya que este último no tiene posibilidad de defensa alguna y su agresor evidentemente en todo momento resultará ileso.
Le sugiero hacer un análisis de esta publicación y estoy seguro que podrá esclarecer muchas dudas ya que es muy común escuchar que un delito se ha cometido con las calificativas de premeditación, alevosía, ventaja y traición, ahora sabemos con certidumbre cual es la definición de cada uno de ellos base al texto legal. Por último, le invito a continuar en la búsqueda de ser un ciudadano profesional. Hasta la próxima y Gracias por seguirnos.