EL CIUDADANO
|“NO CONFIES EN TODO LO QUE VES, LA SAL TAMBIÉN PARECE AZÚCAR”. REFRANES POPULARES.
Hola buen día, amable lector, hoy es 28 de Marzo 2023 .- por ello lo saludo con especial afecto, recordará mi compromiso con usted para desarrollar en esta publicación el tema de la TENTATIVA que constituye la ejecución de un delito que se detiene en un punto de su desarrollo antes de alcanzar el grado de consumación, o sea, antes que se haya completado la acción como típica. La tentativa no constituye un delito independiente, no hay, pues, un delito de tentativa. Deseo compartirle los elementos esenciales de la tentativa que son:
A) Decisión de cometer un delito. Para que exista tentativa no basta la ejecución de ciertos hechos que puedan ser conducentes a un delito, es necesario que quien los ejecuta se haya “decidido a cometer” el delito intentado y no otro. Este es el elemento subjetivo de lo injusto que abarca el dolo (recuerda usted, cuando hablamos de dolo de los dos aspectos uno cognoscitivo y el otro volitivo) aspecto dirigido a la realización del tipo penal descrito por la norma.
La decisión de cometer el delito debe concebirse en forma determinante (amable lector en este punto debo aclarar que el delincuente debe tener integra la capacidad de comprender la ilicitud de su conducta, es decir, que debe saber y querer cometer el delito). No actúa dolosamente quien todavía no está decidido a cometer un delito y sólo explora los presupuestos de su comisión. La situación es diferente cuando se ha tomado definitivamente la decisión y se hace depender la ejecución únicamente de la producción de una condición independiente de la voluntad del autor que debe decidir el comienzo de la acción ejecutiva. V.Gr. no existe tentativa de una apropiación ilícita cuando el funcionario abre una carta para comprobar si merece la pena apoderarse de su contenido, y más bien, se configuraría el delito de apertura de correspondencia ajena; pero existiría tentativa de hurto si el autor penetra a la casa ajena con el propósito de apoderarse de cualquier cosa mueble útil que encuentre; y también cuando está decidido a cometer el hecho, pero primero quiere comprobar si encuentra algo de valor. De la necesidad del dolo en la tentativa se deriva una consecuencia: no hay tentativa por culpa, pues quien actúa culposamente no manifiesta la decisión de cometer el delito.
B) Comenzar la ejecución del delito. Quiere decir que el agente se pone en actividad directa para realizar el tipo, a cuya consumación está dirigida el dolo del autor. La determinación del comienzo de la ejecución del delito se interpreta según dos puntos de vista distintos: El primero es la Teoría Formal–Objetiva: Según esta teoría, para el comienzo de la ejecución del hecho, bastaba la iniciación de la acción típica, en sentido estricto, o sea, toma como criterio la estructura típica de los actos objetivos, exige que los actos ejecutados por el autor sean actos de iniciación de la conducta que constituye el tipo delictivo. V. Gr. En el robo sería un acto de inicio de apoderamiento de un bien mueble ajeno, sin consentimiento. El segundo punto de vista en la Teoría Mixta Subjetiva–Objetiva: Esta teoría es seguida por la doctrina dominante. Atiende al significado de los actos. Considera que la ejecución del delito comienza cuando el autor realiza actos demostrativos (por su inmediata conexión con la conducta típica y su sentido) de que ha puesto en obra su finalidad de cometer un delito. V. Gr. En esta teoría, no es necesario que quien intenta hurtar sustraiga la cosa, basta la finalidad de apoderarse de ella, entrando a la casa ajena (aunque no salga de la casa, basta que haya ingresado y tomado los bienes muebles para considerar que existe la tentativa en la comisión del delito).
C) Falta de consumación. La tentativa existe desde que el autor, con el fin de cometer el delito, comienza a ejecutar su propósito delictivo, y puede prolongarse mientras el delito no se haya consumado. Hay, pues, falta de consumación cuando el tipo objetivo de lo injusto no está realizado o no está realizado totalmente. ¿Le parece interesante? En nuestra próxima publicación continuaremos abordando el tema de Tentativa y no olvide ser Ciudadano Profesional.