Jueza federal da 3 días a FGE para explicar violación de amparo, Que protegía a Angélica Sánchez contra detención

  • Pese a contar con la medida de suspensión, la jueza Angélica Sánchez fue detenida el viernes, por la presunta responsabilidad de delitos contra la fe pública y tráfico de influencias.
  • El 3 de julio próximo se realizará la audiencia constitucional en la que se resolverá si se violó el amparo que se le concedió a Sánchez Hernández, detenida por elementos de la Guardia Nacional.

#Xalapa

Una jueza federal dio un plazo de 3 días, contados a partir de la notificación, para que la Fiscalía General del Estado de Veracruz (FGE) informe sobre el incumplimiento de la suspensión provisional que impedía que la jueza local adscrita al Distrito Judicial de Cosamaloapan, Angélica Sánchez Hernández, fuera detenida.

La titular del Juzgado Décimoquinto de Distrito con residencia en Xalapa, Veracruz, Daniela María León Linarte, admitió a trámite el incidente por exceso o defecto en el cumplimiento de la suspensión provisional que se le concedió a Sánchez Hernández contra cualquier orden de aprehensión librada en su contra.

Pese a que contaba con dicha medida de protección judicial, la jueza fue detenida el viernes en la Ciudad de México por su presunta responsabilidad en los delitos contra la fe pública y tráfico de influencias, relacionados con el caso de la no vinculación a proceso que dictó en favor de Itiel, alias «El Compa Playa», en uno de los delitos que se le imputan al presunto delincuente.

El 3 de julio próximo se realizará la audiencia constitucional en la que se resolverá si se violó la medida cautelar que se le concedió a Sánchez Hernández, detenida por elementos de la Guardia Nacional (GN) cuando salía de un hotel del centro histórico de la capital del país en dirección a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para solicitar audiencia con la ministra presidenta Norma Lucía Piña Hernández.

León Linarte dio a conocer que el juez de control con sede en la Congregación de Pacho Viejo, Veracruz, rindió su informe en que confirma la existencia de la orden de aprehensión y su ejecución; sin embargo, omitió exponer la información sobre el día y la hora en la que Angélica Sánchez ingresó al Centro de Reinserción Social, en la que fue puesta a disposición y en la que se celebró la audiencia inicial.

Ante ello, la juzgadora federal dio un plazo de 24 horas para que el juez de control remita dicha información y en caso de no hacerlo se le impondrá una multa de 5 mil 150 pesos.

El 9 de junio, la titular del Juzgado Decimoquinto de Distrito de Veracruz, Daniela María León Linarte, concedió a la jueza la protección de la justicia contra cualquier orden de aprehensión girada por jueces del Décimo Primer Distrito Judicial de la entidad.

En su resolución, León Linarte precisó que la suspensión es para efectos de que Sánchez Hernández no fuera detenida por delitos que impliquen la prisión preventiva oficiosa a que se refiere el artículo 19 Constitucional o el Código de Procedimientos Penales aplicable Nacional o Estatal, o de aquellos calificados como graves.

“Si se trata de delitos que no impliquen prisión preventiva oficiosa o que conforme al sistema inquisitivo permitieran el beneficio de la libertad provisional bajo caución, la suspensión producirá el efecto de que la quejosa no sea detenida materialmente o presentada ante la autoridad que los reclame”, señaló la juez León Linarte.