Sin sustento científico, daños a la salud por consumo de maíz transgénico; Señala investigadora de la UV
|- Por decreto, México estableció eliminación gradual de agroquímicos, pero no cómo sustituirlos por otros menos agresivos, afirmó Martha Cristina Daniels Rodríguez.
- Martha Cristina Daniels Rodríguez realiza una investigación sobre la regulación del maíz transgénico
#Xalapa
Como un principio precautorio “excesivo”, en México está prohibida la siembra de maíz transgénico para consumo humano. No obstante, y debido a que el país no es autosuficiente en la producción para autoconsumo, se continuará importando en gran medida de los Estados Unidos, cuyo grano amarillo es 80% transgénico.
Martha Cristina Daniels Rodríguez, investigadora del Centro de Estudios sobre Derecho, Globalización y Seguridad (Cedegs) de la Universidad Veracruzana (UV) y que desarrolla la línea de investigación “Regulación del maíz transgénico”, explicó que la prohibición del cultivo de la gramínea se dio por posibles afectaciones a la salud (sin una base científica) y al patrimonio biocultural, sin tomar en cuenta las consecuencias de no utilizarlo, que podría colocarnos en situación de dependencia.
Precisó que el no uso de la gramínea con fines agrícolas está sustentado en un decreto emitido en 2020, que establece que la utilización de glifosato (herbicida de alto espectro) utilizado en la siembra del maíz transgénico para hacerlo resistente a la maleza, se irá eliminando gradualmente, “pero no se pensó cómo sustituirlo por otros menos agresivos”.
Posteriormente el decreto se modificó para permitir que se utilice en la alimentación de animales y procesos industriales para consumo humano; por lo tanto, no se permite sembrarlo, pero sí importarlo y comercializarlo.
Por lo anterior, considera que primero se tiene que analizar cómo se va a solucionar el tema del autoabasto, y luego cómo se va a identificar técnicamente la no importación de un producto que no se desea, ¿cómo se va a llevar a cabo el proceso?, ¿quién hará las pruebas?, ¿cuánto va a costar?, ¿de dónde saldrá ese dinero? y ¿qué sanciones habrá?, cuestionó.
El maíz transgénico se encuentra regulado dentro de la norma jurídica mexicana, que cuenta con una ley específica para el caso de plantas modificadas genéticamente (Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados); en ella el maíz tiene un apartado que específica centros de origen y diversidad genética, que no admite permisos, contención ni trabajo de campo.
Con base en lo anterior, Daniels Rodríguez desarrolla su investigación en la que busca conocer qué piensa el consumidor; qué conocimiento tiene sobre posibles riesgos del producto; impacto del etiquetado como alimento transgénico (que ha sido muy cuestionado), y a partir de ello considerar si se requieren campañas de concienciación a fin de proteger los derechos del consumidor.
El proyecto se encuentra en su marco teórico para proseguir con el diseño del instrumento base de la encuesta, “porque quizá sea necesario que se etiqueten los productos para que el consumidor conozca qué está comprando. Con los resultados, también se conocerá si se requiere de una campaña informativa con base científica, verídica y sin sesgos ideológicos, para que el consumidor pueda tomar una decisión informada”.
En conclusión, la académica e investigadora refirió que la regulación de nuevas tecnologías agrícolas no es una cuestión sencilla, toda vez que traen consigo posibilidades de progreso y desarrollo, así como riesgos al patrimonio biocultural de algunas comunidades.
El caso específico del maíz genéticamente modificado en México es especialmente complejo, toda vez que el país es centro de origen y diversidad genética del mismo, lo que implica un compromiso mayor para su protección.