EL CIUDADANO
|“…La primera vez que me engañes, será culpa tuya; la segunda vez, la culpa será mía…» HORACIO
Mi abrazo fraterno con AMOR PARA TODOS. He querido hacer una pausa en nuestro tema de Trastorno Límite de la Personalidad, por tratarse de un tema bastante complejo y del que estoy seguro amable lector que le ha ilustrado tanto para identificar a sus seres amados que pudieran presentar síntomas de dicha enfermedad que es grave y que a veces resulta desapercibida y que a nuestro alcance está el hacer mucho por nuestros enfermos, pero sobre todo además de la identificación, el poder apoyar a su tratamiento; Este tema lo retomaré más adelante pero por el momento deseo hablarle a usted de un tema interesante y que ha proliferado enormemente desde hace tiempo como una manera de obtener de manera ilícita beneficios económicos, pues bien, el tema que abordare en esta ocasión será el de ENGAÑO TELEFÓNICO. Lo saludo cordialmente con mucho aprecio este lunes 23 de octubre del 2023 y antes de abordar nuestro tema déjeme decirle que más de una ocasión cada uno de nosotros hemos sido víctimas de extorsiones telefónicas o hemos recibido una llamada amenazadora que en ocasiones nos brindan información cierta que nos hacen creer que verdaderamente tienen privada de la libertad a un ser amado y nos obligan a depositar cantidades de dinero, principalmente en las tiendas Oxxo. Si usted no ha sido víctima de estos hechos, es posible que conozca a una persona que si lo haya sido.
Gran parte de las llamadas de extorsión que nuestro Código Penal tipifica bajo el nombre de ENGAÑO TELEFÓNICO que se encuentra descrito y sancionado en el contenido del artículo 173 bis del Código Penal Vigente para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave que fue adicionado y publicado en la Gaceta Oficial el 13 de junio del año 2014 y que al texto indica: “…A quien con el propósito de obtener un lucro para sí o para otro, a través de una llamada telefónica o por cualquier medio electrónico, pretenda engañar a una persona haciéndole creer que le va a causar o le está causando un daño a un tercero, se le aplicarán de tres a diez años de prisión y multa de quinientos a mil días de salario. Igual penalidad se aplicará si quien realiza la llamada o envía el mensaje electrónico pretende hacer creer al receptor que le causará un daño o que se ha privado de la libertad a una persona. Este delito se perseguirá de oficio…”.
Del análisis de este precepto nos damos cuenta que cuenta con un elemento subjetivo que es el ánimo de obtención de un lucro que tiene el sujeto activo de la obtención para SI o para OTRO no tan solo a través de una llamada, sino mediante cualquier medio electrónico (ojo, aquí no establece otros medios que no sean electrónicos como por ejemplo un escrito), siendo el otro elemento subjetivo el de la pretensión de engañar, aquí debemos considerar que no es necesario que se logre el engaño, es suficiente con que exista únicamente la pretensión de engañar, haciéndole creer que le va a causar o le está causando un daño a un tercero e incluso en su segundo párrafo se amplía cuando se hace creer que se causará un daño o que se ha privado de la libertad a una persona. Este delito por tener una penalidad cuyo término medio aritmético supera a los seis años ya que la establece de tres a diez años y multa de quinientos a mil días salario a razón de $207.44 por día. En cuanto al término medio aritmético, ya hemos realizado con antelación este ejercicio, pero que se describe en el artículo 240 del Código de Procedimientos Penales Vigente para el Estado de Veracruz que al texto indica: “…Para los efectos de la detención por caso urgente, prevista en el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se CALIFICAN COMO GRAVES, por afectar de manera importante los valores fundamentales de la sociedad, los perseguibles de oficio, sancionables con más de seis años de prisión en el término medio de su punibilidad, así como los delitos de violencia de género y violencia familiar…”. Este delito se perseguirá de OFICIO, es decir, no admite perdón de parte de la víctima. Hasta la próxima. EL CIUDADANO.