Trabajadores culturales tendrán derechos laborales reconocidos
|- Los legisladores aprobarán en breve una reforma que beneficiará al sector artístico y plástico
Por primera vez todos los trabajadores del arte, que incluirán a actores de doblaje, guionistas, escritores, fotógrafos, dramaturgos, libretistas, compositores, gestores culturales, pintores, escultores y cineastas, entre otros, tendrán en México derechos laborales reconocidos por la Ley Federal del Trabajo, pues el Senado se alista a aprobar la reforma que lo
hará realidad.
Aunque el consenso está firme entre los senadores de todas las fuerzas políticas, abrieron una pausa de reflexión para analizar observaciones, que advierten que “los asistentes y técnicos de la industria audiovisual llegan a ganar hasta seis veces más que trabajadores similares de otras industrias”; que sean parte de esta reforma, “implicaría encarecer los servicios y restar competitividad al sector”.
Después de décadas de peticiones al Poder Legislativo, la comunidad artística y plástica logró que los senadores encontraran la fórmula para incluirlos como beneficiarios de derechos laborales consagrados en la Constitución.
La reforma define que “se entenderá por personas trabajadoras del arte en general, a los actores de teatro, radio, cine, internet, televisión y doblaje; escenógrafos; artistas circenses; animadores de marionetas y títeres; coreógrafos e intérpretes de danza; cantantes, instrumentistas, directores y ejecutantes musicales; escenógrafos, tramoyistas, iluminadores, técnicos y asistentes cinematográficos, audiovisuales, de artes escénicas de diseño y montaje.
“Autores, dramaturgos, libretistas guionistas, compositores, gestores culturales, pintores, escultores, cineastas, fotógrafos y, en general, a las personas que, teniendo estas calidades, trabajen en circo, radio, teatro, televisión, cine, salas de grabaciones o doblaje, estudios cinematográficos, centros nocturnos o de variedades o en cualquier otro lugar donde se presente, proyecte, transmita, fotografíe o digitalice la imagen del artista o del músico o donde se transmita quede grabada la voz o la música, mediante procedimientos electrónicos, virtuales o de otra naturaleza, y cualquiera que sea el fin a obtener, sea este cultural, comercial, publicitario o de otra especie”, dice la reforma.
Actualmente, la Ley Federal del Trabajo considera como sujetos de derecho a “los trabajadores actores y a los músicos que actúen en teatros, cines, centros nocturnos, circos, radio y televisión, salas de doblaje y grabación, o en cualquier otro local donde se transmita o fotografíe la imagen del actor o del músico o se transmita o quede grabada la voz o la música, cualquiera que sea el procedimiento que se use”.
“Al ser contratadas las personas trabajadoras del arte como independientes, no tienen acceso a los derechos reconocidos por la Ley Federal del Trabajo y otras leyes aplicables en materia de seguridad social, lo que los deja al margen de la normativa aplicable y fuera del régimen laboral.
“La reforma a los artículos 304, 305, 306, 307, 308, 309 y 310 de la Ley Federal del Trabajo al incorporar a los trabajadores de cualquiera de las expresiones artísticas y culturales, busca garantizar, amplificar y tutelar los derechos laborales de las personas que prestan un trabajo subordinado en los ámbitos del arte y la cultura”, dice el dictamen que está en el umbral de la aprobación en comisiones.