Rechaza revocar suspensión definitiva que frenó extinción de fideicomisos del PJF 

Farid Becerra

Martínez de la Torre, Ver.

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó revocar la suspensión definitiva con efectos generales que se le otorgó al magistrado en retiro Filiberto Javier Mijangos Navarro, la cual frenó la extinción de 13 fideicomisos del Poder Judicial de la Federación.

Luis María Aguilar Morales, ministro de la SCJN, argumentó que “la suspensión debía concederse siempre y cuando no se afecte al interés social y se controvierta disposiciones de orden público, lo cual no apreció que suceda en el caso”.

“Para preservar la materia del juicio es necesario suspender los efectos del decreto impugnado y mantener el actual funcionamiento de los fideicomisos, pues de no concederse la suspensión, el juicio de amparo perdería toda finalidad y materia lo cual es contrario al artículo 17 y 107 de la Constitución”

Explicó el ministro de la SCJN.

En la resolución de los incidentes de suspensión presentados por la Presidencia de la República, una mayoría de cuatro ministros, rechazó aprobar el proyecto presentado por la ministra Lenia Batres Guadarrama.

¿Qué proponía el proyecto?

Ese proponía revocar la protección de la justicia bajo el argumento de que “no procede conceder la suspensión ante la imposibilidad jurídica de dar efectos generales a una interlocutoria dictada en el juicio de amparo, porque no existe norma constitucional o legal que tenga tales alcances”.

En ese sentido, Lenia Batres Guadarrama, ministra de la SCJN, dijo que “es improcedente conceder una suspensión con efectos generales, en este caso se trata de una extralimitación de la jueza en la materia”.

Se han dejado de disponer recursos, los recursos restantes, de acuerdo con el tercero transitorio de ese decreto, para el cumplimiento de programas dirigidos al bienestar de la población

Expuso la ministra.

Batres Guadarrama también argumentó que el conceder la suspensión al quejoso implicó un perjuicio a la sociedad, pues los efectos generales de la resolución judicial impidieron destinar los recursos de los fideicomiso para la atención de los damnificados por el huracán Otis en el estado de Guerrero.

“En esta suspensión otorgada de manera excesiva, considero que se hizo en perjuicio del interés social y contraviniendo el orden público, dado que la jueza prioriza intereses propios que los de la población, al impedir que los recursos de los 13 fideicomisos se destinaran a atender los daños y desastres ocasionados por el huracán categoría 5, Otis en el estado de Guerrero como dispuso el Congreso de la Unión”.

Dijo la ministra Lenia.

El ministro Luis María Aguilar Morales consideró que los recursos para la atención de cualquier desastre natural o programa social se pueden obtener del Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF).

“El eventual fin que se pretende dar a los fondos que conforman los fideicomisos podría obtenerse de las partidas presupuestales, que sin duda tiene a su disposición el Poder Ejecutivo Federal”

Señaló.

Al rechazarse el proyecto, el asunto fue returnado a la ponencia del ministro Luis María Aguilar Morales.