CECAN niega atención a pacientes con cáncer cuando tienen IMSS o ISSSTE
- Sistemáticamente les rechazan la solicitud médica.
- Quejoso recurrió al amparo 1485/2025 y señala falta de medicamentos, estudios clínicos e intervenciones quirúrgicas; indispensables para enfrentar su enfermedad.

La justicia federal fue clara con el CECAN: la salud no puede esperar a que se resuelvan trámites administrativos internos.
#Xalapa
Los hospitales pertenecientes a los Servicios de Salud de Veracruz, entre ellos el Centro Estatal de Cancerología de Veracruz (CECAN) “Dr. Miguel Dorantes Mesa”, tienen como práctica recurrente el negar sistemáticamente el servicio o atención médica cuando el paciente o solicitante tiene otro tipo de seguridad social (IMSS o ISSSTE) y lo obligan a recurrir a ellos; lo anterior, aún y cuando el padecimiento sea una emergencia.
Este martes, se dio a conocer el caso de un paciente con cáncer se vio obligado a recurrir a la justicia federal tras denunciar que no recibió atención especializada en el CECAN, a pesar de contar con un diagnóstico confirmado.
El caso fue turnado al Juzgado Segundo de Distrito, el cual admitió el juicio de amparo indirecto número 1485/2025 tras las presuntas omisiones del personal médico y administrativo.
En su demanda, el quejoso señaló que existieron fallas graves en su atención, incluyendo la falta de medicamentos, estudios clínicos e intervenciones quirúrgicas; todos ellos indispensables para enfrentar su enfermedad.
Esta situación, de acuerdo con el reclamo legal, colocó en riesgo inminente su vida al no encontrar respuesta en el Centro Estatal de Cancerología, institución que debería ser el baluarte para estos tratamientos en la entidad.
Según el acuerdo dictado el 30 de diciembre de 2025, el paciente padece un adenocarcinoma poco diferenciado, una variante agresiva que requiere intervención urgente.
Tras acudir al Centro Estatal de Cancerología en busca de auxilio, la atención le fue negada o postergada, lo que motivó la intervención del juez federal. Bajo este contexto, el juzgado otorgó una suspensión de plano, obligando a los Servicios de Salud de Veracruz a brindar atención médica inmediata, completa y continua.
La justicia federal fue clara: la salud no puede esperar a que se resuelvan trámites administrativos internos.
Ante la notificación, los Servicios de Salud de Veracruz y la directiva del hospital informaron al juzgado que no cuentan con antecedentes de una solicitud formal por parte del paciente.
Así mismos, alegaron que el solicitante dispone de seguridad social externa (IMSS o ISSSTE); sin embargo, el juicio de amparo indirecto sigue su curso debido a que la urgencia médica prevalece sobre la derechohabiencia.
El Centro Estatal de Cancerología ahora se encuentra bajo vigilancia jurisdiccional para asegurar que se suministren los fármacos y tratamientos necesarios sin mayor dilación.
El órgano jurisdiccional continuará vigilando el cumplimiento de la medida cautelar, al tratarse de un asunto relacionado con la protección de la vida. Para los Servicios de Salud de Veracruz, este caso representa un desafío legal, ya que el juicio de amparo indirecto expone las carencias en la prestación de servicios especializados.
La falta de un registro previo en el Centro Estatal de Cancerología, como argumenta la autoridad, no exime a la institución de su responsabilidad constitucional de atender emergencias médicas donde la integridad física esté comprometida.
La audiencia constitucional ha quedado fijada para el 20 de enero de 2026, fecha en la que se determinará si el Centro Estatal de Cancerología incurrió en una violación sistemática de derechos.
Mientras tanto, el paciente deberá recibir el protocolo completo por parte de los Servicios de Salud de Veracruz, quienes deben garantizar que el adenocarcinoma no siga avanzando por falta de quimioterapias o cirugías.
Este juicio de amparo indirecto sienta un precedente para otros pacientes en Xalapa que enfrentan situaciones similares de rechazo o falta de insumos básicos en hospitales públicos.

