Ni Yunes ni Cuitláhuac hicieron caso a recomendaciones por violaciones a derechos humanos

  • Entre noviembre 2016 a marzo 2021, CEDH recibió denuncias.
  • Ahora, CNDH exige a la Fiscalía de Veracruz acatar Recomendación por deficiencias en casos de personas desaparecidas.
  • La negativa de la Fiscalía de aceptar una Recomendación de la Comisión de Derechos Humanos estatal impide la reparación del daño a las víctimas.
  • La CNDH determinó que la actual Fiscalía debe cumplir en su totalidad el instrumento recomendatorio en un lapso de 15 días hábiles.

Al analizar los casos, se acreditaron violaciones a los derechos humanos de acceso a la justicia, así como a una vida libre de violencia institucional en agravio de 36 víctimas indirectas; además del derecho de toda persona a ser buscada, en perjuicio de cinco víctimas directas.

#Xalapa

Mediante el comunicado DGDDH/035/2026 de la Dirección General de Difusión de los Derechos Humanos; se dio a conocer que en la Recomendación 4/2026, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) exige a la Fiscalía General del Estado de Veracruz aceptar y cumplir en su totalidad un pronunciamiento similar, emitido por la Comisión de Derechos Humanos de la entidad, relacionado con fallas y omisiones en la investigación de varios casos de desaparición de personas. 

Entre noviembre de 2016 y marzo de 2021, periodo correspondiente a los extitulares de Ejecutivo, Miguel Ángel Yunes Linares y Cuitláhuac García Jiménez (considerado el peor Gobernador que ha tenido Veracruz); la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Veracruz (CEDH) recibió diversas quejas en las que se denunciaban presuntas violaciones de derechos humanos por parte de personas servidoras públicas de la Fiscalía en las indagatorias para determinar el paradero de personas víctimas de desaparición. 

Una vez integrados los casos en una sola queja, el organismo estatal emitió la Recomendación 040/2024 a la Secretaría de Seguridad Pública y a la Fiscalía local en el periodo Cuitláhuista; sin embargo, esta última se negó a aceptar y cumplir el documento. 

Ante esa situación, cuatro de las víctimas presentaron un Recurso de Impugnación ante esta Comisión Nacional. Al analizar los casos, se acreditaron violaciones a los derechos humanos de acceso a la justicia, así como a una vida libre de violencia institucional en agravio de 36 víctimas indirectas; además del derecho de toda persona a ser buscada, en perjuicio de cinco víctimas directas.

La CNDH advirtió que la negativa de aceptación de la Recomendación emitida por la CEDH afecta la eficacia del sistema de protección no jurisdiccional de los derechos humanos, previsto en el artículo 102, apartado B de la Constitución, y contraviene la obligación de todas las autoridades, sin excepción alguna, de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, establecida en el artículo primero de la Constitución.  

Se observó también que en su respuesta la Fiscalía de Veracruz no detalló las diligencias practicadas y sus argumentos para rechazar la Recomendación 040/2024 no son congruentes con el principio pro persona, que consiste en garantizar la protección más amplia para la protección de los derechos humanos de la persona.

Por lo expuesto, se concluyó que la no aceptación de la Recomendación 040/2024 impide la reparación plena del daño a las víctimas e incumple los principios de interdependencia e indivisibilidad en los derechos humanos. Esto porque la Fiscalía debió realizar de manera inmediata acciones para la búsqueda y localización de las víctimas, así como practicar las diligencias necesarias para acreditar los elementos constitutivos del tipo penal. 

Ante ello, la CNDH solicitó a la persona Titular de la Fiscalía estatal que, en el lapso de 15 días hábiles, acepte la Recomendación emitida por la CEDH y envíe a esta Comisión Nacional las constancias que acrediten su cumplimiento. En caso de que persista la negativa, se solicitará su comparecencia ante la Legislatura de esa entidad.

Además, deberá emitir una circular para que su personal cumpla, en tiempo y forma, la citada Recomendación y colaborar en todo momento en el cumplimiento de pronunciamientos similares emitidos por la Comisión Estatal.

La Recomendación 4/2026 ya fue debidamente notificada a su destinatario y puede consultarse en www.cndh.org.mx.