Aplicaciones de transporte no cuentan con sustento legal para operar en Veracruz
- Taxis están sujetos a leyes estrictas, cursos, trámites y sanciones; plataformas operan sin control, sin pagar concesiones ni responder ante Transporte Público.
- Afirman agrupaciones de taxistas.

Congreso mantiene en análisis una eventual reforma para regular el servicio mediante aplicaciones; no existe una postura definida sobre su operación legal en la entidad.
#Xalapa
Representantes del gremio taxista en Veracruz señalaron que las aplicaciones o plataformas de transporte de pasajeros como Uber, InDrive o DiDi; no cuentan con sustento legal para operar en la entidad mientras no exista una reforma al marco jurídico estatal.
El posicionamiento surge después de que se abriera la posibilidad de permitir la operación de estas aplicaciones, tras iniciar una mesa de diálogo con conductores que se manifestaron por los operativos para retirar vehículos particulares que prestan el servicio.
El Congreso de Veracruz mantiene en análisis una eventual reforma para regular el servicio de transporte mediante aplicaciones digitales, aunque aún no existe una postura definida sobre su operación legal en la entidad.
Juan Tress Zilli, diputado presidente de la Comisión de Transporte, Tránsito y Vialidad, señaló que el tema se revisa con dependencias del Ejecutivo Estatal, transportistas y otros sectores involucrados, debido a las distintas posiciones que existen sobre la operación de estas plataformas: “Estamos analizando todos esos temas, seguimos teniendo reuniones con diferentes secretarías del Ejecutivo y también con transportistas y todos los involucrados para poder dar una opinión”..
Por su parte, el presidente de la Alianza de Transportistas y Anexos de Veracruz, Pedro Fernández Fernández, afirmó que el proceso de regularización del transporte público debe incluir el análisis del servicio que actualmente ofrecen las plataformas mediante vehículos particulares.
Fernández Fernández sostuvo que la legislación vigente no permite la prestación de este servicio bajo ese esquema.
“Hasta el momento la Ley 589, el reglamento y el Código Penal prohíben que se dé este servicio”, afirmó.
El dirigente reconoció que la regulación de las plataformas también involucra disposiciones federales; sin embargo, indicó que las mesas de trabajo no han derivado en modificaciones legales para Veracruz.
El representante de los transportistas insistió en que la operación de plataformas digitales debe incluirse en el proceso de regularización del transporte público impulsado por el Gobierno del Estado, al considerar que los vehículos particulares prestan el servicio en condiciones distintas a las establecidas para los concesionarios de taxi.
Los trabajadores del volante que cuentan con una concesión pagan mucho más que las compañías que operan con plataformas; aunque éstas eroguen una tasa del 2.1 por ciento del ISR.
COMPARATIVO:
Concesión Taxistas: Obligatoria 29,989.81 pesos.
Concesión Plataformas: No se requiere.
Licencia Taxistas: Tipo A + curso obligatorio.
Licencia Plataformas Sólo licencia común.
Seguro Taxistas: Especial para transporte público.
Seguro Plataformas: Seguro particular.
Multas Taxistas: Hasta 113,140 pesos y cárcel (Art. 272 Bis).
Multas Plataformas: Sin sanción activa.
Trámites Taxistas: Alta, baja, revista, verificación.
Trámites Plataformas: Ninguno.
SAT Taxistas: Alta obligatoria, ISR.
SAT plataformas: No fiscalización directa.
Los concesionarios de taxis están sujetos a leyes locales estrictas, cursos, trámites y sanciones; las plataformas operan sin control, sin pagar concesiones ni responder ante Transporte Público.

