Rosario Robles seguirá en prisión; determina juez
|- Robles Berlanga está acusada del delito de ejercicio indebido del servicio público, en su modalidad de omisión.
La exsecretaria de Desarrollo Social (Sedesol), Rosario Robles Berlanga, seguirá su proceso en prisión, debido a que el juez determinó improcedente el sobreseimiento y la continuación del procedimiento penal.
Con una hora de retraso por problemas técnicos con la conexión de Cisco Webex con el Centro Femenil de Reinserción Social (CERESO) de Santa Martha Acatitla, inició la audiencia que se tenía programada a las 16:00 horas a través de videoconferencia, debido a que Rosario Robles tiene secuelas que padece tras contagiarse de covid-19.
El juez determinó que no está derogado el tipo en el Código Penal Federal, y por lo tanto, resultó improcedente el ejercicio del control difuso, por lo que determinó que no es válido el amparo que interpuso la defensa de Robles Berlanga encabezada por el abogado Epigmenio Mendieta.
La audiencia se celebra en acato a una sentencia emitida por el Noveno Tribunal Colegiado en Materia Penal, el cual ordenó al juez de control resolver si el delito prescribió o no.
La defensa legal de Robles Berlanga argumenta que el artículo 114, fracción IV, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, ya derogó en su caso, por lo que la ex titular de Sedesol tendría que seguir su proceso en libertad
Robles Berlanga está acusada del delito de ejercicio indebido del servicio público, en su modalidad de omisión, del que se le acusa un daño al erario superior a los 5 mil millones de pesos cuando estuvo al frente de Sedesol y Sedatu
La audiencia en el Centro de Justicia Penal Federal, con sede en el reclusorio Sur, se inició con el señalamiento del juez de Procesos, quién comenzó refiriendo los antecedentes de la ejecutoria y sus efectos.
Cabe mencionar que los efectos de la ejecutoria de amparo consisten en que el juez vuelva a analizar si se encuentra prescrito el delito de servidores públicos; aplicando un control difuso de constitucionalidad.