DESATINOCRACIA

DESATINOCRACIA

Por Juan Baizabal

El abstencionismo electoral es un fenómeno sociocultural que se ha masificado en las ultimas décadas en México. En la elección del pasado 6 de junio, alcanzó un porcentaje del 47.33 a nivel nacional.

La Corte Internacional de Derechos Humanos, lo define como: “la no participación en el acto de votar de quienes tienen derecho a ello”.

Para algunos autores, es una forma de apatía participativa, que comúnmente está ligada a una voluntad de rechazo del sistema político, de la convocatoria electoral o de no identificación con ninguno de los líderes o los programas políticos en competencia.

En la columna de la semana pasada, nos preguntamos ¿Cómo debemos concebirel voto, como un derecho o como una obligación?

Como se citó en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), el voto es referido como ambos,como un derecho (Artículo 35) y comouna obligación (Artículo 36).

Pero en el panorama internacional, ¿cómo contempla este ejercicio electoral?

Bélgica fue el primer Estado en implementar el voto como una obligación, seguido por Australia, Grecia, Bulgaria, Luxemburgo, Egipto, Líbano, Libia, Corea del Norte, República Democrática del Congo, Singapur, Tailandia, Turquía, entre otros.

En América Latina:Venezuela, Nicaragua y República Dominicana, son países en los que el sufragio es concebido de manera exclusiva como un derecho.

Mientras que, en El Salvador, Panamá, Colombia, Guatemala, Costa Rica y México, es considerado como un derecho y una obligación, pero la ley no prevé una sanción. Sin embargo, en Brasil, Argentina, Ecuador, Paraguay, Uruguay, Bolivia, Perú y Honduras, si es sancionado su incumplimiento.

De acuerdo con el Instituto Internacional para la Democracia y Asistencia Electoral (IDEA, por su nombre en inglés) los ciudadanos que no asisten a votar son acreedores a una multa, que en su mayoría se acompaña de otras consecuencias.

En Argentina, los infractores que no paguen la multa correspondiente no pueden realizar trámites gubernamentales durante un año; en Bolivia, el incumplimiento puede llegar a un arresto por ciertos días; mientras que, en Perú, se le cancela la oportunidad de realizar transacciones bancarias, firmar contratos civiles y cobrar cheques. (IDEA, 2021)

Todas estas medidas han sido tomadas para erradicar al abstencionismo electoral.

En nuestro país, en 2019, el grupo parlamentario del Partido Acción Nacional (PAN) en el Senado, propuso una iniciativa de reformas que contempló establecer el voto obligatorio para reducir el abstencionismo electoral.

Esta reforma a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE), para castigar a quienes decidan mantenerse al margen de algún proceso comicial, sin ejercer su derecho al voto, contemplaba como sanciones el Impedir la realización de trámites de gobierno, la cancelación de la credencial para votar con fotografía como medio de identificación personal y la suspensión de sus derechos electorales. Sin embargo, hasta ahora no ha sido aprobada.

Reflexionemos ¿están de acuerdo en que se sancione económicamente o de manera administrativa a quienes no acudan a votar en los procesos electorales?, ¿debemos exigir el respeto de los derechos electorales, sin ejercer el voto?