Gobierno y Fiscalía cometieron violaciones graves contra mujer

  • CNDH dirige recomendación a Veracruz
  • July Raquel, fue detenida, golpeada, torturada y padeció agresiones sexuales por policías ministeriales en su traslado a Veracruz.
  • Fue revisada por un médico “quien omitió asentar lesiones que presentaba; continuó siendo golpeada, le pusieron una bolsa negra en la cabeza y el director la amenazó con hacerle daño a su familia”.

Xalapa

July Raquel, acusada de participar en el homicidio de la rectora de la Universidad Valladolid en Emiliano Zapata, crimen perpetrado el 29 de junio de 2020, fue víctima de tortura por parte de ministeriales de la Fiscalía General del Estado (FGE).

Así lo determinó la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), presidida por Rosario Piedra Ibarra, señalando que la detenida en la Ciudad de México el 06 de noviembre de 2020 fue golpeada, sufrió amenazas y padeció agresiones sexuales en su traslado a Veracruz.

Ese día, junto con July Raquel, fue detenido en la capital del país Fernando y ambos fueron trasladados a los juzgados de Pacho Viejo, en Coatepec, en donde se legalizó su detención.  Posteriormente la Fiscalía consiguió su vinculación a proceso.

En menos de 3 meses la CNDH emitió su segunda resolución al gobernador, Cuitláhuac García Jiménez y a la fiscal Verónica Hernández Giadáns, determinando graves violaciones a los derechos humanos.

La primera, con expediente 146 /2021, fue lanzada el 21 de diciembre de 2021, después de comprobar la detención arbitraria e imputación indebida de 6 jóvenes en Xalapa quienes fueron acusados por el delito de ultrajes a la autoridad y tuvieron que ser liberados, aunque continúan bajo proceso.

July Raquel fue sometida al protocolo de Estambul, luego de que sus familiares evidenciaron una serie de irregularidades en el caso desde finales de 2020.

Martín Flores y su esposa, Etelvina Garfias, interpusieron una queja en la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH), cuyo proceso fue acompañado por el Centro Pro-DH.

Por la gravedad del caso, la Comisión Nacional ejerció su facultad de atracción y emitió este jueves la recomendación 51VG/2022, donde acreditó violaciones graves a derechos humanos cometidas contra la mujer, quien fue torturada y abusada sexualmente.

Se encontró que el día que fue detenida, la mujer había acudido a comprar pan en compañía de sus hijos, cuando fue interceptada por dos vehículos de color blanco de los que descendieron aproximadamente 11 personas, quienes la esposaron y la subieron a uno de los automóviles para llevarla a un inmueble en la alcaldía Azcapotzalco.

Posteriormente, mientras era trasladada a Xalapa, July Raquel fue golpeada por policías ministeriales y uno de ellos la agredió sexualmente.

Al llegar a las oficinas de la Fiscalía General fue revisada por un médico “quien omitió asentar las lesiones que presentaba; continuó siendo golpeada, le pusieron una bolsa negra en la cabeza y el director de dicha oficina la amenazó con hacerle daño a su familia que radica en la capital del país, hasta que finalmente ingresó al Centro de Reinserción Social en Pacho Viejo”, relata la CNDH en un comunicado.

Durante las audiencias celebradas por su caso, los familiares y abogados reiteraron que la Fiscalía presentó pruebas ilegales que debía ser desestimadas, como videos donde la persona que aparece no coincide con la detenida, además que las personas que hicieron el reconocimiento facial de la mujer fueron inducidas por los fiscales.

La investigación de la CNDH acreditó que la víctima fue objeto de diversos actos de tortura, que vulneraron su derecho a la integridad personal, a través de agresiones físicas, psicológicas y sexuales, que laceraron su dignidad, honra e intimidad, con lo cual, indebidamente, las autoridades involucradas lograron que aceptara que ella participó en la muerte de la exrectora.

De acuerdo con la Comisión, July Raquel, aún presenta en su comportamiento manifestaciones como insomnio, ansiedad, hipervigilancia, respuesta exagerada de sobresalto, rechazo a la interacción con hombres y alteración de su respuesta sexual.

“Se determinó que aun cuando los agentes estatales tenían la obligación de garantizar la integridad de la persona detenida hasta que fuera puesta a disposición de la autoridad competente, generando condiciones de seguridad y libres de cualquier acto o contexto de violencia, debido a su género; por el contrario, hicieron uso de técnicas ilegales para obtener su confesión, utilizando su cuerpo y su sexualidad como un elemento más para infligir en ella actos que la afectaron gravemente”.

Igualmente, se acreditó que, aunque el médico adscrito a la Dirección General de la Policía Ministerial, así como las autoridades del penal de Pacho Viejo tuvieron conocimiento de los posibles actos de tortura y violencia sexual cometidos, a pesar de ello omitieron denunciarlos a la autoridad competente, lo que ha impactado en el acceso a la justicia, vulnerando sus derechos fundamentales.

Derivado de lo anterior, la CNDH ordenó al gobernador Cuitláhuac García Jiménez, inscribir a July Raquel en el Registro Estatal de Víctimas, así como evaluar si existen otras víctimas indirectas del caso, a fin de que puedan acceder a una reparación integral del daño.

Por su parte, el gobernador de Veracruz deberá colaborar en la presentación de las quejas y denuncias que la Comisión Nacional formule ante las instancias correspondientes para que se investigue la responsabilidad de los servidores públicos que hayan participado en los hechos.

Igualmente, deberá gestionar, en coordinación con la CEDH y el Instituto Veracruzano de las Mujeres (IVM), la impartición de cursos de capacitación y sensibilización al personal médico, de enfermería y en psicología adscritos al Centro Penitenciario Estatal de Pacho Viejo, en materia de derechos humanos, prevención y erradicación de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes e instruir a los titulares de los centros penitenciarios de Veracruz, donde se encuentren mujeres privadas de la libertad, para que sea personal femenino el que las valore.

Para el caso de la fiscal, Verónica Hernández Giadáns; deberá reparar integralmente el daño causado a la mujer, incluyendo para ello una compensación justa y suficiente; además deberá colaborar en las denuncias y quejas que se presenten para deslindar responsabilidades.

También deberá actualizar el Protocolo de diligencias básicas a seguir por el ministerio público en la investigación de los delitos contra la libertad, la seguridad sexual, contra la familia, de violencia de género y feminicidio; así como de otros protocolos para la investigación de delitos contra la integridad personal.