Congreso reconoce “invalidez” del delito de ultrajes, Aparece en el Código Penal digital
|- Se debe de publicar en el Diario Oficial de la Federación, Gaceta del Estado y el Semanario Judicial.
- “Se declara la invalidez de los artículos 331 y 371, fracción II, del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave”.
Xalapa
A pesar del mandato de la Suprema Corte de Justicia, aún no ha sido publicado en la Gaceta Oficial del Estado la derogación del delito de ultrajes a la autoridad, el Código Penal digital de la página del Congreso local ya reconoce la “invalidez” del delito de ultrajes a la autoridad en Veracruz.
El documento, que es público en el portal de la LXVI Legislatura, confirma que el delito dejó de tener vigencia de manera parcial, pues mantiene las modificaciones que se hicieron el pasado 28 de febrero, donde ellos derogan dos fracciones, antes de la decisión de los ministros de la corte, que lo calificaron como violatorio de la libre expresión y por ser ambiguo en su redacción.
Desde el viernes 11 de marzo, abogados estatales pidieron a los diputados locales publicar en la Gaceta Oficial del Estado los cambios en la ley, y entregaron un documento a la Presidencia de la Mesa Directiva de la LXVI Legislatura.
Hasta el momento, no se sabe si ya se había enviado el documento a la Editora de Gobierno y así hacer oficial la eliminación del tipo penal.
En el Código Penal, se establece que el delito fue invalidado, y se adicionan notas de los ministros que obligarían a su publicación tanto en el Diario Oficial de la Federación, como en la Gaceta del Estado y el Semanario Judicial.
“Se declara la invalidez de los artículos 331 y 371, fracción II, del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, reformados mediante el Decreto Número 848, publicado en la Gaceta Oficial de dicha entidad federativa el once de marzo de dos mil veintiuno, la cual surtirá sus efectos retroactivos a la fecha que se precisa en este fallo a partir de la notificación de estos puntos resolutivos al Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, de conformidad con los considerandos séptimo, octavo y décimo de esta determinación”.
Esa nota aparece en citas de las reformas cronológicas que aparecen en el código y que según el documento fueron adecuados el 02 de marzo del 2022.
La determinación de los ministros dicta que la sentencia de la acción de inconstitucional 66/2021, cobrará vigencia a partir de la notificación de los puntos resolutivos al Congreso del Estado de Veracruz.
Eso ocurrió el 04 de marzo de este mismo año.