Corte aprueba acta en la que se validó la ley eléctrica
|- Por votación unánime, la Corte aprobó el acta del pasado 7 de abril en la que no se alcanzaron los votos para declararla inconstitucional.
Con la votación unánime de los integrantes del pleno de la Suprema Corte de la Justicia de la Nación (SCJN) se aprobó el acta de la sesión del pasado 7 de abril en la que no se alcanzaron los ocho votos para declarar la inconstitucionalidad de la Ley de la Industria Eléctrica (LIE).
Tras los votos de aprobación del acta el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo manifestó su interés por presentar un voto aclaratorio, lo que fue secundado por la ministra Norma Lucía Piña Hernández y otros integrantes del pleno.
El presidente de la Corte, ministro Arturo Zaldívar, manifestó que tras la aprobación del acta, los ministros estaban en la libertad de presentar los recursos, pero la votación de cuatro contra siete del jueves 7 de abril ya no se modifica, lo que fue aceptado por el pleno.
Algunas versiones establecen que el desarrollo de la sesión de ese día, cuando se revisó la resolución en contra de la controversia constitucional en contra de la LIE presentada por senadores de oposición, algunos artículos impugnados sí alcanzaron la votación de ocho para alcanzar la inconstitucionalidad.
Finalmente los votos de la ministra Loretta Ortiz Ahlf, quien elaboró el proyecto, y de sus colegas Yazmín Esquivel Mossa, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y del ministro presidente Zaldívar fueron suficientes para que la LIE permanezca vigente y en aplicación.
Esta reglamentación le da preferencia a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) en los procesos de producción y distribución de energía eléctrica, lo que ha motivado la promoción de más de 200 amparos por parte de particulares.
Posteriormente a la aprobación el acta, el pleno de la Corte procedió a la discusión de la resolución de la controversia constitucional presentada por el gobierno de Colima en contra de la LIE, también elaborado por la ministra Ortiz Ahlf, quien propone el sobreseimiento.