Niegan otro amparo a Arnulfo García Fragoso

  • Deberá devolver 3 mil 242 millones 921 mil 632.49 pesos que fueron desviados durante el ejercicio fiscal 2015.
  • Extesorero de SEFIPLAN continuará sin conocer de los motivos por los cuales lo investiga la Fiscalía General de la República.

Xalapa

El extesorero de la Secretaría de Finanzas y Planeación (SEFIPLAN), Arnulfo García Fragoso, fracasó en su pelea por acceder a una carpeta de investigación de la Fiscalía General de la República (FGR) en su contra.

García Fragoso, responsable de la captación de recursos en la SEFIPLAN durante pasada administración, solicitó desde el 28 de agosto de 2018 acceder al expediente alojado en la entonces Procuraduría.

Sin embargo, la ahora FGR, por medio de la Unidad Especializada en Investigación de Delitos Cometidos Por Servidores Públicos y Contra la Administración de Justicia, de la Fiscalía Especializada en Control Competencial negó dar respuesta a Arnulfo García Fragoso.

Por lo anterior, desde el 26 de abril, éste recurrió al Juzgado Decimoctavo de Distrito en el Estado de Veracruz, con residencia en Xalapa para formular el amparo indirecto 422/2022, mismo que le negó a Arnulfo Octavio la suspensión provisional.

Debido a lo anterior, el extesorero de SEFIPLAN continuará sin conocer de los motivos por los cuales lo investiga la Fiscalía General de la República.

El miércoles 16 de marzo, el Tribunal Estatal de Justicia Administrativa (TEJAV) confirmó que Arnulfo García Fragoso, extesorero de la Secretaría de Finanzas y Planeación, deberá devolver 3 mil 242 millones 921 mil 632.49 pesos que fueron desviados durante el ejercicio fiscal 2015.

El exservidor público no pudo acreditar el destino de los recursos que fueron observados como daño patrimonial, por lo que ahora deberá reintegrarlos a la hacienda pública.

Durante la sesión del Pleno del TEJAV, los magistrados declararon fundados los tres Recursos de Revisión que en el año 2020 promovió el órgano de Fiscalización Superior (ORFIS) «por los graves daños causados al patrimonio de los veracruzanos durante el ejercicio fiscal 2015».

La Revisión 415/2020, sus ACUMULADOS 416/2020 y 417/2020; se promovieron dentro del procedimiento administrativo resarcitorio correspondiente a la Cuenta Pública Consolidada del Gobierno del Estado del ejercicio 2015.

El ORFIS confirmó la sentencia del TEJAV en la que determinó reconocer la validez de la Resolución del Recurso de Reconsideración del 19 de mayo de 2017.