EL CIUDADANO

“Un Libro abierto es un cerebro que habla; cerrado, es un amigo que espera” PROVERBIO HINDÚ

Hola, amable lector, lo saludo cordialmente este lunes 18 de julio del 2022. En publicaciones anteriores hablamos del tema relacionado con la comisión de delitos que lesionan la libertad sexual y el normal desarrollo psico sexual. Hablamos del delito de Violación y espero que haya sido de su interés, en ésta y próximas fechas, hablaremos de tipos jurídicos que se contienen en nuestro Código Penal para el Estado Libre y soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave y hoy hablaremos del delito de ABUSO ERÓTICO-SEXUAL que se contiene en el reformado y publicado en la Gaceta Oficial el 2 de abril del 2010, artículo 186 que al texto indica: “… A quien, sin el consentimiento de una persona mayor de dieciocho años y sin el propósito de llegar a la cópula, ejecute en ella un acto erótico-sexual o la haga ejecutarlo, se le impondrán de uno a seis años de prisión y multa de hasta cien días de salario. Si la victima fuere incapaz de comprender el significado del hecho o por cualquier causa no pudiere resistir, se impondrán prisión de cinco a diez años y multa de hasta doscientos cincuenta días de salario. Un roce o tocamiento accidental no constituye abuso erótico-sexual…”. Del análisis de este tipo legal, podemos establecer que dicha conducta de carácter doloso, debiendo tener la calidad específica el segundo de los mencionados de mayor de dieciocho años, pero ¿qué es un acto erótico-sexual? y por ello debemos entender que: “… la expresión de acto sexual, debe entenderse como cualquier acción dolosa con sentido lascivo que se ejerza en el sujeto pasivo, sin su consentimiento, el cual podría ser desde un roce, frotamiento o caricia, pues el elemento principal que se debe valorar para considerar que se actualiza el delito en mención, es precisamente LA ACCIÓN DOLOSA CON SENTIDO LASCIVO que se le imputa al sujeto activo, de tal manera que un roce o frotamiento incidental ya sea en la calle o en alguno de los medios de transporte, no serían considerados como actos sexuales, de no presentarse el elemento intencional de satisfacer un deseo sexual a costa del sujeto pasivo…”. Ahora bien, nuestro comentario nos lleva a descifrar otro concepto que es, el sentido lascivo, y por ello debemos entender que es el deseo sexual o la lujuria sin control. La lascivia implica la imposibilidad de controlar la libido (Deseo de placer, en especial de placer sexual, para el psicoanálisis, la lívido es el impulso fundamental y la fuerza creadora de la energía vital y está condicionada por factores hormonales, psicológicos y nerviosos), lo que puede derivar en una obsesión. Una persona con lascivia mira al prójimo de manera morbosa o con intenciones sexuales. Este tipo legal no solo establece la realización de un acto erótico-sexual del victimario sobre la víctima, también contempla cuando sin su voluntad la víctima es obligada a realizar sobre ella misma dicho acto, en cuanto a su punibilidad tiene un término medio aritmético de 3 años 6 meses y multa de hasta $17,287.00 por lo tanto no es un delito grave así considerado por la ley ya que no rebasa el medio aritmético de cinco años. Pero será delito grave cuando la víctima es incapaz de comprender el significado del hecho o que por cualquier causa no pudiera resistirlo, ya que la punibilidad es de 7 años 6 meses en su término medio aritmético y la multa se eleva hasta $43,217.50. Como puede observar, estimado lector una mal investigación pudiera dar lugar a arruinar la vida de una persona ya que es un complejo análisis el establecer si dicho roce o tocamiento fue accidental y no constituiría un abuso erótico-sexual, con lo que condenaríamos a un inocente o bien pudiéramos dejar en libertad a un delincuente. Como puede ver la tarea de nuestros auténticos servidores públicos es de gran responsabilidad. ¿Usted qué piensa, si alguna vez fuera acusado de este delito sin haberlo cometido? O bien, alguien de su familia fuera víctima de este delito y por no acreditarse el elemento subjetivo de acto erótico-sexual, quedará en libertad. Hasta la Próxima.