Color de piel de Cisneros, sin relación con denuncia por violencia de género

  • “Fue contra una servidora, esperamos que el OPLE inicie el procedimiento especial sancionador y lo que resuelva el Tribunal Electoral de Veracruz”: Ruth Callejas.

Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, dijo que en la sentencia se puede verificar que el tema del color de piel del secretario no tiene nada que ver con este asunto.

Gráfico de Xalapa

Xalapa

La afrodescendencia de Eric Cisneros Burgos, no está relacionada con la sentencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF); ésta, determinó que se debe de revisar si el funcionario estatal incurrió en violencia política de género en contra de la diputada local de MC, Ruth Callejas Roldán.

Así lo explicó el presidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Reyes Rodríguez Mondragón, quien en su visita a Xalapa sostuvo que la discusión de dicha denuncia conllevó un análisis técnico respecto a la inmunidad parlamentaria.

Sin embargo, el todavía titular de la Segob veracruzana, ha señalado constantemente que se usan a las instituciones para continuar con discursos de discriminación en contra de las y los afrodescendientes, como es su caso.

Cuestionado sobre el tema, el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón dijo que en la sentencia se puede verificar que el tema del color de piel del secretario no tiene nada que ver con este asunto y la deliberación del pleno.

Definitivamente no va por ahí; en el Tribunal respetamos las expresiones, evidentemente las sentencias generan distintas apreciaciones. Invito a revisar la sentencia, no tiene ningún elemento relacionado con esta cuestión que mencionó el secretario.

«Se analizó, exclusivamente, si se trataba de un caso que puede ser conocido; de hecho no se ha llegado a una conclusión respecto de si ejerció una expresión que violentara políticamente a una legisladora; la problemática jurídica fue determinar si era materia electoral o materia parlamentaria para darle el cause institucional adecuado, pertinente, jurídicamente oportuno».

Así mismo, enfatizó que la Sala Superior no analizó el fondo de la denuncia, pues esta simplemente fue canalizada a una instancia electoral estatal sin revisar siquiera la expresión que en sí misma fue denunciada por parte de Callejas Roldán.

«Creo que podemos ver la sentencia y llegar a una conclusión objetiva de que fue una discusión técnica, una deliberación jurídica y que los argumentos en nada tienen que ver con las condiciones ni de quien denunció ni de quien fue denunciado», agregó.

En cuanto a la violencia política en razón de género, el magistrado refirió que las reformas recientes en materia electoral dan una serie de competencias a las autoridades electorales para analizar, cuando se presentan quejas y demandas, los señalamientos de una mujer que se sienta un menoscabo en el ejercicio de sus derechos.

«La Sala Superior por mayoría resolvió que efectivamente esa queja (de Ruth Callejas Roldán) podía ser conocida o tramitada en un procedimiento que da todas las garantías, tanto contra quien presenta la queja como quien es denunciado para que se defina o determine si la expresión utilizada con motivo de este ejercicio del informe incurre en violencia política de género», explicó.

Reyes Rodríguez Mondragón mencionó que ahora el Organismo Público Local Electoral debe de llevar a cabo el procedimiento sancionador, pues la sentencia dictó que los funcionarios no tienen inmunidad parlamentaria al comparecer, por ello la demanda contra Cisneros Burgos ahora debe de ser analizada por el OPLEV.

«Este se está tramitando y en particular el Tribunal Electoral tiene una amplia gama de criterios para que se combata, se denuncie, se garantice que la discriminación o violencia política en razón de género, no quede impune».

La resolución de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, representará una “prueba” para la autonomía del Organismo Público Local Electoral, consideró la diputada local de Movimiento Ciudadano, Ruth Callejas Roldán.

La Legisladora señaló que dicha sentencia de la Sala Superior instruye al OPLE a integrar un expediente contra el actuar del secretario de Gobierno, Eric Patrocinio Cisneros Burgos, por violencia de género contra Callejas Roldán. “La denuncia fue por violencia política de género contra una servidora y ya lo dijo el Tribunal, que revise bien la sentencia que dictaron en la Sala Superior y estaremos esperando que el OPLE inicie el procedimiento especial sancionador y lo que resuelva el Tribunal Electoral de Veracruz (TEV)”.

Recalcó que la sentencia se refiere estrictamente a violencia de género contra su persona y no a un tema de tono de piel del Secretario de Gobierno.

Callejas Roldán dijo que ya el Tribunal Electoral le dio aviso de la sentencia y por el momento confía que todo se resuelva conforme a Derecho, a raíz de la agresión de la que fue objeto: “Lo que yo apelo es que se aplique y se haga conforme a Derecho, y se tomen en cuenta todos los manuales que hay, tanto del Tribunal Superior como de la Suprema Corte, con perspectiva de género y se haga conforme a Derecho”.

Confió que tanto la presidenta del OPLE, Marisol Delgadillo como la Presidenta del TEV, Tania Celina Vázquez Muñoz, aplicarán una perspectiva de género en dicho expediente, para resolver en concordancia con la Sala Superior: “Es el momento de demostrar la independencia de los poderes; es el momento que tenemos como instituciones de apelar a la autonomía judicial y de poderes para resolver los problemas que a Veracruz le duelen”.