Ordenan reinstalar a Gladys Pérez Maldonado como magistrada del TSJE

  • Se deberá dejar sin efectos el nombramiento de la magistrada Alma Rosa Flores Ceballos.

Se deje sin efecto acuerdo publicado el 7 de julio de 2020 en la Gaceta Oficial del Estado, en el que determinó la no ratificación de la quejosa como Magistrada del Poder Judicial del Estado.

Xalapa

A dos años de haber interpuesto el recurso, el pasado 16 de febrero de 2023, el Primer Tribunal Colegiado en materia Administrativa del Séptimo Circuito, resolvió el Amparo en Revisión 200/2022, promovido en contra de la Sentencia de la Juez Décimo Quinta de Distrito con residencia en la Ciudad de Xalapa, Veracruz, en el sentido de modificar la sentencia recurrida y conceder el amparo solicitado por la Dra. Gladys de Lourdes Pérez Maldonado.

La sentencia del Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, informó que Gladys Pérez Maldonado debe ser restituida como magistrada del Tribunal Superior de Justicia de Veracruz y se deberá dejar sin efectos el nombramiento de la magistrada Alma Rosa Flores Ceballos en sustitución.

El documento advierte que se determinó de manera arbitraria que Pérez Maldonado no era idónea para ser ratificada en el cargo, dado que los diputados locales no fueron suficientes y tampoco correctos para no otorgar su ratificación.

“Deje sin efecto el acuerdo publicado el siete de julio de dos mil veinte en la Gaceta Oficial del Estado, en el que determinó la no ratificación de la quejosa como Magistrada del Poder Judicial del Estado; emita un nuevo acuerdo en el que con apoyo en las consideraciones plasmadas en esta ejecutoria, determine aprobar la ratificación de la quejosa como Magistrada del Poder Judicial del Estado por un segundo”, señala el amparo.

Lo anterior dado que tras revisar los argumentos del Congreso de Veracruz para no ratificarla, se encontró que no pudieron acreditar elementos desfavorables relevantes en el desempeño de su encomienda que ameriten no ratificarla.

“Se concluye que el acuerdo de no ratificar a la quejosa como Magistrada del Poder Judicial del Estado emitido por el Congreso del Estado, no encuentra sustento en los elementos valorados por ese órgano legislativo para tal fin, al haber resultado insuficientes para demostrar que no es idónea para continuar en ese cargo por un segundo período y así destruir la presunción de aptitud que impera a favor de la Magistrada para ser ratificada”, señala.