Corte admite a trámite reclamación del INAI
|- El INAI promovió un recurso de reclamación ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación luego de que no se le concedió una suspensión para poder sesionar con cuatro comisionados
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite el recurso de reclamación promovido por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), luego de que no se le concedió una suspensión para poder sesionar con cuatro comisionados.
El recurso de reclamación fue asignado al ministro Javier Laynez Potisek, con el número de expediente 229/2023, para su análisis y elaboración de una propuesta de resolución.
Este asunto se definirá en sesión de la Segunda Sala, cuyos cinco integrantes decidirán si se autoriza o no al organismo autónomo de transparencia sesionar con cuatro de sus comisionados, debido a que el Senado no ha nombrado a los tres faltantes.
Ante la omisión en la designación de los tres comisionados que faltan para integrar el pleno del INAI, el organismo autónomo presentó la controversia constitucional 280/2023, en contra de los poderes Ejecutivo y Legislativo.
La reglamentación del INAI exige por lo menos que su pleno cuente con cinco de los siete integrantes para poder sesionar.
Ante la falta del nombramiento, se presentó la controversia constitucional en la que el INAI solicitó una suspensión para que se le permita trabajar con cuatro comisionados, lo que fue rechazado por la ministra Loretta Ortiz Ahlf al admitir a trámite el recurso.
La ministra argumentó, en su negativa, que la ley imposibilita otorgar medidas cautelares cuando éstas supongan una violación a la ley y, en este caso, la normatividad del INAI le obliga a tener por lo menos cinco comisionados para resolver asuntos.