Resuelve TEPJF que no aplica alternancia de género en elecciones municipales 2025
|- Los partidos no tienen el deber de registrar un género diverso al que registraron en el proceso anterior.
La magistrada Eva Barrientos, dio a conocer que para este proceso electoral local 2025, no se aplicará la alternancia de género.
#Xalapa
El fin de semana pasado, circuló una lista con la propuesta de la concejera electoral Mabel Aseret Hernández Meneses, respecto al tema de paridad de género para las planillas de los ayuntamientos, en dicha propuesta, se daba postulación exclusiva a mujeres para este 2025 en varios ayuntamientos, entre ellos: Boca del Río, Coatzacoalcos, Jáltipan, Martínez de la Torre, Misantla, Orizaba, Perote y Úrsulo Galván.
Sin embargo, esta propuesta quedo sólo en eso y fue retirada posteriormente, ya que respecto en el tema de paridad existe un Manual para observar el principio constitucional de paridad de género en Ediles por ambos principios, para el Proceso Electoral Local Ordinario 2024-2025 y que éste está relacionado a la postulación de Regidurías.
Este miércoles, se dio a conocer que de acuerdo con la magistrada presidenta de la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Eva Barrientos, para este proceso electoral local 2025, en el que se habrán de renovar las presidencias municipales de los 212 ayuntamientos de Veracruz, no se aplicará la alternancia de género.
Después de resolver la sentencia JDC/793/2024, la magistrada explicó que esto quiere decir que los partidos políticos no tienen el deber de registrar un género diverso al que registraron en el proceso electoral anterior; por ejemplo, si en el proceso electoral pasado para renovar las alcaldías los partidos registraron a una mujer, ahora no tendrán que registrar a un hombre o viceversa.
Puntualizó que a pesar de que el fallo fue impugnado ante la Sala Superior del TPJF, la sentencia quedó firme toda vez que el órgano jurisdiccional desechó el medio de impugnación. En ese sentido, los partidos políticos podrán postular, ya sea un hombre o mujer, en aquellos municipios donde gobiernan con una persona del mismo género, y no necesariamente deban postular ahora a una persona de distinto género para concretar la alternancia.