Nuevos “lineamientos para audiencias” reabren debate sobre libertad de expresión en México

  • El proceso de consulta deberá analizar si los derechos de las audiencias deben limitarse a la radio y la televisión o extenderse también a los medios impresos y digitales.

Hasta ahora, la regulación de los derechos de las audiencias sólo se aplica a los concesionarios de radio y televisión porque utilizan el espectro radioeléctrico, un bien de la nación.

#Xalapa

La consulta pública de los Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias, abierta esta semana por la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT), no sólo reactivó una vieja discusión sobre la protección de radioescuchas y televidentes. También volvió a colocar sobre la mesa una preocupación que parecía superada desde hace casi una década: el riesgo de que el Estado termine interviniendo en las decisiones editoriales de los medios de comunicación.

La controversia escaló después de que la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo anunciara que el proceso de consulta deberá analizar si los derechos de las audiencias deben limitarse a la radio y la televisión o extenderse también a los medios impresos y digitales, una posibilidad que diversos especialistas consideran incompatible con los estándares internacionales de libertad de expresión.

Hasta ahora, la regulación de los derechos de las audiencias sólo se aplica a los concesionarios de radio y televisión porque utilizan el espectro radioeléctrico, un bien de la nación sujeto a regulación constitucional. Los periódicos, revistas y medios digitales nunca han estado sujetos a ese régimen.

Durante su conferencia matutina, Sheinbaum sostuvo que el objetivo es abrir un debate para determinar si las obligaciones relacionadas con los derechos de las audiencias deberían alcanzar también a otros medios de comunicación.

La presidenta argumentó que el derecho de la población a recibir “información veraz” debe garantizarse independientemente del soporte en el que ésta se publique y rechazó que ello implique censura, insistiendo en que se trata de fortalecer derechos ciudadanos.

No es la primera vez que la mandataria plantea esa posibilidad. A principios de año instruyó al titular de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, José Antonio Peña Merino, a analizar mecanismos regulatorios relacionados con el derecho de las audiencias tras cuestionar la cobertura de algunos medios nacionales, particularmente del periódico Reforma.

Aunque el proyecto habla de proteger a las audiencias frente a publicidad engañosa, desinformación y contenidos que vulneren derechos, uno de los principales cuestionamientos radica en que introduce conceptos cuya interpretación puede resultar altamente subjetiva.

Expresiones como “información veraz”, “tratamiento adecuado”, “interés público” o la obligación de distinguir información de opinión han sido objeto de controversia desde que el entonces Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) intentó regularlas en 2016.

Para organizaciones defensoras de la libertad de expresión, el riesgo consiste en que sea la autoridad —y no los propios medios o las audiencias— quien termine definiendo cuándo una cobertura periodística cumple o no con esos criterios.

La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha sostenido reiteradamente que los Estados no pueden erigirse como árbitros de la verdad, pues ello resulta incompatible con el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que protege la libertad de buscar, recibir y difundir información sin censura previa.

Especialistas advierten que el problema no radica en reconocer derechos a las audiencias —que ya están previstos en el artículo sexto constitucional—, sino en los mecanismos mediante los cuales el Estado pretende hacerlos exigibles.

Los nuevos lineamientos fortalecen las obligaciones de los concesionarios para responder reclamaciones de las audiencias, mantener códigos de ética, establecer defensorías y atender observaciones sobre sus contenidos.

Aunque el gobierno insiste en que no existe censura previa, críticos señalan que un esquema de vigilancia permanente puede generar autocensura.

Es decir, que los medios modifiquen voluntariamente investigaciones, enfoques o líneas editoriales para evitar procedimientos administrativos, apercibimientos o eventuales sanciones.

En materia de libertad de expresión, la jurisprudencia internacional reconoce precisamente ese fenómeno como uno de los mecanismos indirectos mediante los cuales los gobiernos pueden inhibir el periodismo crítico.