Ayuntamiento de Coatzacoalcos discriminó a ciudadano con VIH, Derechos Humanos pide atención, disculpa y compensación para víctima
|- El Ayuntamiento de Coatzacoalcos rechazó la Recomendación de la Comisión Estatal bajo argumentos relacionados con “estigmas y prejuicios” e incurrió en discriminación en materia laboral, al considerar a la víctima como un riesgo para la colectividad, restringiendo toda posibilidad de ejercer su derecho de acceso al empleo.
Coatzacoalcos
El Gobiernos municipales de Coatzacoalcos, todavía encabezado por Víctor
Carranza Rosaldo; se niegan a expedir la Tarjeta de Salud o Boleta de
Profilaxis a un mesero debido a su condición serológica; es decir, al ser
portador de VIH, por lo anterior, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos
(CNDH) emitió una recomendación dirigida al alcalde Víctor Manuel Carranza
Rosaldo, en la que se les pide proceder administrativa y penalmente contra
trabajadores de su administración.
Ello por no cumplir con lo dictado en la recomendación 49 de 2018, relativo al
expediente CEDH/1VG/COA/0171/2018 de la Comisión Estatal de Derechos Humanos
(CEDH).
Así mismo,
al alcalde de Minatitlán, Nicolás Reyes Álvarez; se le incluyó en la
recomendación, por también negarse a brindar la debida atención al mesero.
La CEDH recomendó que tanto el municipio de Coatzacoalcos como Minatitlán
gestione atención psicológica y médica al quejoso y a la vez se otorgue una
disculpa personal y privada al trabajador, pagándole una justa compensación
como reparación del daño.
Empero, ya que la recomendación de la Comisión estatal no fue aceptada, la
víctima interpuso un Recurso de Impugnación que fue turnado al organismo
nacional, instancia que determinó que el Ayuntamiento de Coatzacoalcos rechazó
la Recomendación de la Comisión Estatal bajo argumentos relacionados con
“estigmas y prejuicios” e incurrió en discriminación en materia laboral, al
considerar a la víctima como un riesgo para la colectividad, restringiendo toda
posibilidad de ejercer su derecho de acceso al empleo.
Por lo que corresponde al Ayuntamiento de Minatitlán, la víctima indicó que en
diversos establecimientos mercantiles solicitaban exámenes y boletas de salud,
aun cuando el reglamento de ese Ayuntamiento señalaba expresamente que tal
requisito sólo era exigible para personas que ejercían el sexoservicio.
“Ante ello, esta CNDH acreditó que, con su acciones y omisiones, ambos
Ayuntamientos vulneraron el derecho a la igualdad y no discriminación, así como
el derecho al trabajo, con motivo de la condición de salud de la víctima”.
El organismo nacional, presidido por Rosario Piedra Ibarra, pidió a dichos
Ayuntamientos la aceptación de la Recomendación emitida por la CEDH, así como
su colaboración para el inicio y seguimiento “de procedimientos disciplinarios
administrativos y de responsabilidad penal”.
Además, los alcaldes deberán de diseñar un programa de capacitación en materia
de derechos humanos para su personal, especialmente en materia de igualdad y no
discriminación.
Por su parte, al Ayuntamiento de Minatitlán se recomendó específicamente
realizar y reforzar la verificación administrativa de los establecimientos que
dispone el Reglamento de Salud, a fin de evitar abusos y excesos.