Reforma eléctrica de AMLO elimina la competitividad
|ECONOMÍA Y GOBIERNO
Ulises Álvarez Molina
Reforma eléctrica de AMLO elimina la competitividad
En el DOF del pasado día 9 de marzo de 2021, se publicó el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica.
Entre las reformas ahí publicadas, destaca una que se refiere a lo siguiente.
Son consideradas obligaciones de servicio público y universal, ofrecer energía eléctrica, potencia y Servicios Conexos al Mercado Eléctrico Mayorista, garantizando, en primera instancia, los Contratos de Cobertura Eléctrica con Compromiso de Entrega Física y, en segundo término, el suministro de energías limpias.
Lo anterior se refiere a que los generadores de energía eléctrica como la Comisión Federal de Electricidad (CFE), tendrán prioridad por sobre los generadores de energías limpias, como la eólica o la solar.
Desgraciadamente esta nueva obligación pasa por alto dos conceptos Constitucionales.
Primero, la competitividad, la cual se protege como un principio, en el artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) desde junio de 2013.
Según la CPEUM, la “competitividad” es el conjunto de condiciones necesarias para generar un mayor crecimiento económico, promoviendo la inversión y la generación de empleo (ver http://www.diputados.gob.mx/sedia/biblio/prog_leg/062_DOF_05jun13.pdf).
Si en la nueva reforma se le otorga prioridad a la CFE, nos estamos encontrando con lo siguiente: a) no se está permitiendo el crecimiento económico hacia otras áreas de generación de electricidad; b) no se está incentivando la promoción de la inversión en otras áreas de generación de electricidad, como lo son la eólica o solar; y c) como consecuencia de los dos puntos anteriores, se está dejando de generar nuevos empleos.
Segundo, el Plan Nacional de Desarrollo (PND), el cual se protege en el artículo 26, de la CPEUM, como una obligación de la Administración Pública Federal.
Según la misma CPEUM, el PND deberá observar el principio de velar por la estabilidad de las finanzas públicas y del sistema financiero para coadyuvar a generar condiciones favorables para el crecimiento económico y el empleo.
Para el sexenio de AMLO, se publicó en el DOF del día viernes 12 de julio de 2019, el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024.
En este PND, se puede leer en el apartado 4. Epílogo: Visión de 2024, Presentación; en el 7mo. párrafo, se puede leer, “El crecimiento económico, el incremento de la productividad y la competitividad no tienen sentido como objetivos en sí mismos sino como medios para lograr un objetivo superior: el bienestar general de la población;”
En el mismo PND, en la fracción III, Economía, tema Rescate del sector energético, 5to. párrafo, se lee, “La nueva política energética del Estado mexicano impulsará el desarrollo sostenible mediante la incorporación de poblaciones y comunidades a la producción de energía con fuentes renovables, mismas que serán fundamentales para dotar de electricidad a las pequeñas comunidades aisladas que aún carecen de ella y que suman unos dos millones de habitantes.”
En la fracción II, Política Social, tema Derecho a la Educación, se establece que en las Universidades para el Bienestar Benito Juárez García, una de las carreras que se ofrecen es la de Energías Renovables.
Actuar en contra de la CPEUM tiene consecuencias de responsabilidad del servicio público.
Opiniones y sugerencias ulisesalvarezm@gmail.com