CNDH actuó ante la pasividad de la CEDH

  • Fue la Comisión Nacional y no la Estatal, la que dirigió la Recomendación 146/2021 al Gobierno de Veracruz, por violaciones a los derechos humanos de los 6 jóvenes injustamente encarcelados.
  • “Emitimos un posicionamiento claro, que estábamos impedidos a emitir una opinión o pronunciarnos sobre la constitucionalidad de la reforma”, excusó Namiko Matzumoto Benítez.

Xalapa

Ante la falta de acción de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 146/2021 al Gobierno del Estado de Veracruz, por violaciones a los derechos humanos a la seguridad jurídica y a la libertad personal, derivadas de la detención arbitraria y la imputación indebida de hechos por parte elementos policiacos de la Secretaría de Seguridad Pública del estado (SSP) y de personal adscrito a la Fiscalía General del Estado de Veracruz (FGEV); en contra de seis jóvenes.

El organismo autónomo integró el expediente y logró recabar pruebas y evidencias suficientes para acreditar que se violaron derechos de las víctimas, debido a que los elementos de la SSP del estado no se apegaron a los lineamientos constitucionales y convencionales para la privación de la libertad de cualquier persona, y a que su detención se ejecutó sin orden de aprehensión, ni se acreditó flagrancia o caso urgente.

Cuestionada al respecto durante su comparecencia, la titular de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, Namiko Matzumoto Benítez, aseveró que la institución que representa no “guardó silencio institucional” ante la reforma al código penal que sanciona el delito de ultrajes a la autoridad.

Namiko Matzumoto, comentó que la percepción de que no se pronunció resulta subjetivo, pues en su momento ellos explicaron por qué no podrían pronunciarse al respecto.

Sin embargo, fue enfática que la CEDH “no se ha guardado silencio” ante la polémica que generó la reforma que tipifica como delito grave los ultrajes a la autoridad, figura legal que se ha usado para meter a más de 2 mil personas a la cárcel.

“Emitimos un posicionamiento claro, que estábamos impedidos a emitir una opinión o pronunciarnos sobre la constitucionalidad de la reforma”, excusó.

Dijo que, a través de un boletín, se estableció de manera precisa las razones por las cuáles no podía emitir una opinión, se denomina prohibición taxativa, lo que les impide poder opinar sobre la constitucionalidad de disposiciones ilegales o cuando se pueda comprometer o vulnerar la autonomía de la institución.

Y es que, dijo, si alguien se siente agredido por la aplicación de la figura del delito, la Comisión tendría que emitir un resolutivo, es por eso, que no se pueda pronunciarse de manera anticipada sobre la violación de derechos humanos.

Argumentó que lo que hicieron fue ejercer su facultad para interponer acciones de inconstitucionalidad, “cuando la comisión advierte que una norma puede eventualmente tener vicios de inconstitucionalidad, la ley los faculta para poder actuar ante la Suprema Corte”.

En ese sentido, recordó esta la acción 59/2021 y serán los ministros de la SCJN los que tendrán que deliberar en breve.