Incumple Gobierno recomendación de CNDH, No derogó delito de ultrajes

  • Ejecutivo no tenía intención de derogar este delito violatorio a los derechos humanos, envió carta a la SCJN para no declararlo inconstitucional.
  • Delito para perseguir opositores; el Ejecutivo asegura que «se creará un vacío legal ante hechos y conductas que no se podrán sancionar con otros delitos.”

Xalapa

A pesar que la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), enderezó la Recomendación 146 /2021, pidiendo al Gobierno del Estado de Veracruz; para accionar el proceso legislativo en Veracruz y proponer, a la brevedad, la derogación del numeral 331 del Código Penal; ya que esta medida, es necesaria a fin de prevenir nuevas violaciones a derechos humanos luego de comprobar la detención arbitraria e imputación indebida de 6 jóvenes acusados de agredir a policías.

El Ejecutivo cumplió de manera parcial con remitir una iniciativa requiriendo derogar el delito al Congreso; sin embargo, al analizar esa y otras propuestas de las distintas facciones, la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales determinó la necesidad de conservar el delito de ultrajes a la autoridad en la Ley penal veracruzana.

Este domingo, se aprobó, con 33 votos a favor, 15 en contra y una abstención, el dictamen de la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales, con lo que quedan derogadas solamente las fracciones II y IV del artículo 331 del Código Penal estatal.

De esta manera, quedan derogadas dichas fracciones, relativas a los supuestos del tipo penal en cuanto a que se realice por medio de cualquier tipo de violencia contra la víctima o a través de cualquier otra circunstancia que disminuya las posibilidades de defensa o protección del sujeto pasivo o lo ponga en condiciones de riesgo o desventaja.

A pesar de que ha sido catalogado como violatorio a los derechos humanos, la Comisión juzgó pertinente conservar el delito de Ultrajes a la Autoridad en la ley penal estatal, en razón de que protege el orden público y no representa una carga arbitraria y desmedida para los gobernados, toda vez que, cada que se haga imperar el orden público por sobre los derechos e intereses particulares, las autoridades deben ajustar su actuación a la norma, dado que el Constituyente federal ha previsto los principios de certeza jurídica y legalidad, en beneficio de las personas, en los artículos 14 y 16 de la Carta Magna.

Asimismo, añade que, si bien en un Estado de Derecho es fundamental respetar la dignidad, los derechos y las libertades de las personas que conforman la población residente y en tránsito, es igualmente importante reglar las formas mediante las cuales las personas pueden interactuar con las autoridades, cuando éstas ejercen sus funciones respecto de aquéllas, puesto que la capacidad que tiene la autoridad para aplicar la ley mediante sus servidores públicos y el correcto desarrollo de sus atribuciones se traducen en una garantía para los ciudadanos, a efecto de que existan condiciones mínimas que permitan el pleno ejercicio de sus derechos.

Por otra parte, la Comisión manifiesto inviable derogar el artículo 371 Quinquies, ya que representaría una desprotección a quienes, en cumplimiento de su deber, velan por la seguridad de las y los habitantes y residentes transitorios de la entidad, “pues la conducta delictiva descrita en el mencionado numeral implica graves riesgos para la integridad de los elementos de las instituciones de seguridad pública en la entidad”.

EJECUTIVO NO TENÍA INTENCIÓN DE DEROGAR EL DELITO DE ULTRAJES A LA AUTORIDAD

Días antes, el Ejecutivo había enviado una carta a los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para que declaren inconstitucional el delito de ultrajes a la autoridad en el estado de Veracruz; ya que según el propio Ejecutivo, la Suprema Corte crearía un vacío legal si declara inconstitucional el delito de ultrajes a la autoridad, contemplado en el artículo 331 del Código Penal del estado de Veracruz.

«Se creará un vacío legal ante hechos y conductas que en la realidad suceden, que no se podrá sancionar con otros delitos, ya que los bienes jurídicos que protegen son distintos, en consecuencia, podría suceder un incremento en las agresiones a quienes ejercen funciones de seguridad pública», cita el documento.

En la carta a los ministros de la SCJN, se asegura que el delito protege el ejercicio de las funciones de elementos de seguridad públicas, quienes, se dijo, están expuestos a amenazas y agresiones.

«El texto normativo de este tipo penal es preciso y claro, toda vez que mandata que se le impondrán de 6 meses a 2 años de prisión a quien agreda o amenace a un servidor público en el momento de ejercer sus funciones o con motivo de ellas», afirmó el Ejecutivo en su misiva.

Consideró que el hecho causará un precedente a nivel nacional, debido a que el delito de ultrajes a la autoridad se encuentra en la mayoría de los códigos penales de los estados de la República.