La UV atiende los casos de violencia de género

  • Se observan los principios del debido proceso, la garantía de audiencia de las partes y la salvaguarda de todos sus derechos.
  • Como Universidad trabajamos de manera ardua y comprometida para generar alternativas sustantivas y justas, capaces de colocar la culpa y la responsabilidad en su lugar correcto.

Xalapa

A la comunidad universitaria

En la Universidad Veracruzana hemos hecho público nuestro compromiso para atender con un sentido ético y profundo los casos de violencia de género que existen en nuestra comunidad. Ese compromiso se fundamenta en los principios de igualdad, no discriminación, justicia social y derechos humanos que forman parte del Programa de Trabajo Rectoral 2021-2025 “Por una transformación integral” de manera estratégica y transversal.

Lo cierto es que las personas víctimas de violencia de género, nunca parten de las mismas condiciones que sus agresores, dada la estructura de poder y desigualdad que atraviesa nuestra cultura y nuestras prácticas, es por eso que en muchas ocasiones, las víctimas de violencia deciden no denunciar de manera formal, y eso es totalmente comprensible cuando analizamos el contexto histórico y social.

La impunidad y la revictimización, sostienen esta convención social desigual e injusta.

Como Universidad trabajamos de manera ardua y comprometida para generar alternativas sustantivas y justas, capaces de colocar la culpa y la responsabilidad en su lugar correcto, es decir, en los agresores. Nos enfrentamos a estructuras anquilosadas, pero asumimos el compromiso y la labor que implica transversalizar la perspectiva de género y de derechos humanos de forma efectiva.

Durante la presente administración, la Unidad de Género de la UV, ha brindado 147 asesorías, de las cuales, las víctimas formalizaron un total de 32 quejas en las cinco regiones universitarias: 12 de ellas por acoso sexual, 3 por hostigamiento sexual, 3 por discriminación por razones de género y 14 por violencia de género.

Un total de 16 quejas se encuentran en proceso y se atienden por las autoridades o superior inmediato, según corresponda, de conformidad con los tiempos marcados por la legislación universitaria, y 16 han sido concluidas de la siguiente manera: 1 Rescisión de contrato, 5 Suspensiones temporales,1 Amonestación por escrito, 2 Exhortos, 1 Acción de sensibilización y prevención,

1 Canalización a instancias externas por petición de la víctima, 2 Renuncias de la parte señalada, 1 caso en el que la autoridad competente determinó que no tenía elementos para sancionar, 1 caso en el que el agresor era externo y se salvaguardó la integridad de la víctima y 1 caso que resultó improcedente por exceder los plazos estipulados por la normatividad aplicable.

Cabe destacar que en la atención de todas las quejas por violencia de género que se admiten, se observan los principios del debido proceso, la garantía de audiencia de las partes y la salvaguarda de todos sus derechos; asimismo la determinación que proceda, se emite con base en el análisis de los hechos, el estudio y valoración de las pruebas ofertadas, la estimación de la gravedad del daño causado, todo ello, al amparo de la normatividad siguiente: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Ley Federal del Trabajo, Ley General de Educación, Ley General de Educación Superior, Ley General de Acceso a

las Mujeres a una vida libre de violencia, Reglamento de la Ley General de Acceso a las Mujeres a una vida libre de violencia, Ley Federal para prevenir y eliminar la discriminación, Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, Ley de Acceso de las Mujeres a una vida libre de violencia para el estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, Ley para prevenir y eliminar la discriminación en el estado de Veracruz, Ley de Autonomía de la Universidad Veracruzana, Ley Orgánica de la Universidad Veracruzana, Estatuto General, Estatuto del Personal Académico, Estatuto de los Alumnos, Contratos Colectivos de Trabajo, Código de Ética, Reglamento para la igualdad de Género y Protocolo para atender la violencia de género en la Universidad Veracruzana; y en su caso, Tratados Internacionales de los cuales el Estado Mexicano forma parte; así como, todas aquellas disposiciones que resulten aplicables a los casos planteados, por ejemplo, el Protocolo para Juzgar con Perspectiva de Género de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

“Lis de Veracruz: Arte, Ciencia, Luz”

Xalapa, Ver., 19 de mayo de 20