La ley protege, no obliga
|La ley protege, no obliga
Por: Zaira Rosas
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la penalización del aborto en nuestro País, lo anterior al revisar el código penal de Coahuila, que imponía hasta 3 años de cárcel a la mujer o persona gestante que interrumpiera de manera voluntaria su embarazo. Este suceso generó un debate que se ha suscitado durante años, por un lado, están los grupos que buscan que la interrupción legal del embarazo sea un derecho y por el otro los llamados pro- vida que se oponen rotundamente al aborto.
Los argumentos de ambas partes son múltiples, ambas posturas válidas desde sus respectivos puntos de vista, sin embargo, algunas van más enfocadas sobre constructos religiosos y no sobre realidades. Por ejemplo, algunos grupos pro vida o personas en contra del aborto, asumen que con este tipo de resoluciones cualquier persona desearía abortar, cuando la realidad es que difícilmente una mujer tiene el aborto como meta de vida.
Lo que sí es real es que la carga de estas decisiones ha recaído toda la vida sobre la mujer, durante años se le ha culpabilizado y responsabilizado, nos parece sencillo emplear argumentos como “debió cuidarse”, pero no exigimos lo mismo a los varones, que deberían ser igualmente responsables en el cuidado para la reproducción sexual.
El que se despenalice el aborto no convierte al aborto en una obligación, lo convierte un derecho, una alternativa. Y quizá si nos preocupa tanto su incremento en las estadísticas, deberíamos enfocar toda nuestra energía en una mejor educación, todos los grupos pro-vida, bien podrían emplear todo su interés en una formación de personas cuyo entendimiento en los procesos de reproducción sea claro. La moral que tanto defienden podría dirigirse a quienes atentan contra la voluntad de otros.
El aborto en México ya es legal bajo ciertas condiciones, por ejemplo, en caso de violencia sexual se puede interrumpir el embarazo en cualquiera de los 32 Estados, sin embargo, de manera voluntaria hasta el 2020 sólo era válido en la Ciudad de México. Este programa también brinda atención a cualquier mujer que acuda sin considerar el lugar de procedencia o residencia.
Actualmente el aborto está penalizado en la mayoría de los estados, a excepción de la Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo y Veracruz. Con el fallo de la SCJN las mujeres de cualquier entidad podrán ampararse bajo este criterio.
La interrupción del embarazo siempre ha estado en la línea de debate, es un tema delicado pues alude a la vida de otro ser, hay quienes consideran al feto como un ser desde su concepción, en lugares como Texas se le considera un ser humano con actividad cardíaca, en otros hasta que tiene actividad neuronal. Mientras todo eso se define lo importante sería evitar el aborto desde la raíz, es decir enfrentarnos a las causas que originan embarazos no deseados.
La resolución que tomó el pasado martes el SCJN es un avance en materia legal en México, pero seguimos enfocándonos en una consecuencia de la mala planificación familiar, del maltrato que sufren las mujeres, de la falta de información y muchos otros puntos que siguen perjudicando de manera injusta únicamente a la mujer.