SAT: ¿cómo funcionará el embargo de cuentas bancarias?

A partir del 2022, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) podrá ejercer embargos de cuentas bancarias o de negocios, con un simple aviso por medio del Buzón Tributario.

Esta medida se aplicará para aquellos contribuyentes incumplidos y para quienes facturen operaciones simuladas, comentó Abimael Zavala, socio director de Zavala Abogados e integrante del Nacional Colegio de Abogados de México.

De acuerdo con las disposiciones de la Miscelánea Fiscal para 2022, tratándose de créditos exigibles, la autoridad fiscal podrá llevar a cabo el embargo de bienes, por medio del Buzón Tributario, estrados o edictos.

Serán embargados depósitos bancarios, componentes de ahorro o inversión asociados a seguros de vida que no formen parte de la prima que haya de erogarse para el pago de dicho seguro, o cualquier otro depósito en moneda nacional o extranjera que se realicen en cualquier tipo de cuenta que tenga a su nombre el contribuyente moroso.

¿CÓMO FUNCIONARÁ?

Es un mecanismo de comunicación entre el contribuyente y el SAT. Cada vez que el SAT requiera hacer una notificación, enviar información útil para el cumplimiento de tus obligaciones fiscales, solicitar información o requerir respuesta a un trámite, la depositará en tu buzón. A su vez, podrás realizar trámites y presentar avisos.

Para habilitar tu Buzón Tributario deberás registrar de uno a cinco correos electrónicos y un número de teléfono celular.

Los mecanismos de comunicación serán usados como medios de contacto para enviarte avisos electrónicos cuando existan notificaciones y mensajes pendientes de leer en tu buzón.

Los medios de contacto se pueden modificar a fin de actualizarlos o eliminarlos en el momento que lo requieras.