Afiliación de trabajadoras del hogar en el IMSS; “El tema fiscal no se acaba de definir”

El pasado 15 de noviembre, la secretaria del Trabajo y Previsión Social, Luisa María Alcalde Luján, mencionó en la mañanera de Andrés Manuel que la afiliación de las trabajadoras del hogar al IMSS, permitirá que los trabajadores domésticos reciban un trato equitativo como todos los demás trabajadores en el IMSS.

Este programa busca que los empleadores den de alta a las personas trabajadoras de hogar ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.

En realidad, esta regulación ya existía desde el 2019. Antes, estas personas que nos ayudan en casa, tenían una definición diferente, como trabajador doméstico.

Aunque esta disposición se convirtió en una obligación desde el 2019, lo que acabamos de ver en estas últimas semanas, es la publicación de un decreto que termina de hacer los ajustes necesarios para darle formalidad, ya que antes no había los elementos para sancionar.

El cambio se hizo principalmente en el término de trabajador doméstico a trabajador del hogar.

Si quieres afiliar a una trabajadora del hogar ante el IMSS, aquí te decimos como puedes hacerlo.

En entrevista para Dinero en Imagen, Rolando Silva Briceño, contador Integrante de la Comisión Técnica de Seguridad Social del Colegio de Contadores Públicos de México, resolvió las dudas más importantes que han surgido con esta disposición.

¿Qué pasa si no aseguro ante el IMSS a una trabajadora del hogar?

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Lo que sucede con esto es que, en primer lugar, no había una definición como persona trabajadora del hogar, pero las multas siempre han existido, y son las mismas que aplican para las empresas.

“Es lo mismo no afiliar a un trabajador en la oficina que no afiliar a un trabajador que te ayuda en casa.”

Lo que se modificó en esta nueva regulación es, quitarlos de un lugar donde claramente había discriminación. Se les daba trato como de otro tipo de trabajadores.

Al final del día, obliga a los empleadores a formalizar el trabajo doméstico, tener un contrato, pagar aguinaldos y prestaciones.

Es complicado que se multe a un patrón porque está en casa, o sea, no está en un lugar que genere ingresos. En este sentido, la parte regulatoria fiscal aún tiene un largo camino que recorrer porque no hay ninguna disposición que exima a los trabajadores domésticos a pagar el IVA, entonces, el patrón debería de retenerlo.

“El tema fiscal no se acaba de definir.”

¿Es necesario tener un contrato entre el patrón y la trabajadora del hogar para afiliarla al IMSS?

Es recomendable generar un contrato donde se establezca quien es el patrón, quien es el trabajador, los horarios, los días que trabaja, las tareas, y la antigüedad.

El contrato permite al patrón tener delimitada su responsabilidad. Es una obligación del patrón, que se puede o no cumplir y esto no lo exime de darla de alta ante el Seguro Social a la trabajadora del hogar.

¿Cómo será la afiliación de personas sindicalizadas?

Seguramente lo que va a suceder es que, quien haga las negociaciones de derechos laborales, no va a ser directamente la persona trabajadora del hogar sino que será un contrato colectivo.

«Son trabajadores oficiales y se tendrá que transitar con esto y que lidiar con una vida sindical.»

¿Qué sucede si la trabajadora del hogar ya tiene Seguro Social?

Podría contar con Seguro Social porque trabaje con uno o más patrones.

Por ejemplo: si trabaja conmigo dos días a la semana y, a pesar de estar tres días con alguien más, va a estar amparada por mi seguro mientras yo lo cubra, mientras yo cumpla con mi obligación.

La intensión, en el tema de afiliación, es que todo el tiempo que estén trabajando o en el lugar en donde trabaja, tengan la cobertura.

El aguinaldo y la prima vacacional, son derechos laborales, igual que el Seguro Social. No existe una norma que diga que el trabajador no tiene el derecho, y que tú como patrón, no tienes la obligación.

¿Cómo funciona el tabulador de pagos de incorporación al IMSS de las trabajadoras del hogar?

Funciona mediante una modalidad de pagos anticipados. Se puede pagar por mes, bimestre, semestre o hasta el año, aunque siempre debe ser por adelantado.

El costo se calcula aplicando las tasas de los seguros del régimen obligatorio al salario base de cotización.

Te debería costar lo que te cuesta tener a un trabajador de nómina. Con un piso de un salario mínimo profesional y un techo de 25 Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Por último, Silva recalca que hace falta que se clarifique la parte fiscal, porque no hay quien te exente de la obligación que tienes de retener el impuesto, «se ha omitido este punto y al final de día son trabajadores, pero también son contribuyentes».