¿Cómo se le paga al SAT? Estas son las únicas formas de liquidar tu deuda

  • Realizar el pago de tus adeudos al SAT es muy sencillo si consideras estas opciones, ¡toma nota!

Estar al corriente con tus obligaciones fiscales puede evitarte muchos problemas con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), pero si aún tienes adeudos de ejercicios anteriores, es momento de que elijas una de las formas que te revelaremos para hacer tu pago y evitar costosas sanciones, ¡no te las pierdas!

El pago de impuestos aplica para todas las personas físicas y morales, recursos que es administrado por el gobierno mexicano en los servicios de salud, transporte y educación, en los cuales se invierte en nuevas infraestructuras, tecnologías y programas de capacitación.

Anteriormente, te revelamos los cambios que se aplicarán en la declaración anual 2023, pero ahora te decimos que si quieres estar al tanto de tu situación antes la Secretaría, es muy importante que actives el Buzón Tributario, ya que es el medio oficial por el cual recibirás notificaciones y anuncios importantes.

Estas son 4 formas de pagar tus adeudos al SAT

La Secretaría pone a tu disposición, estos tres métodos para liquidar tus deudas y ponerte al corriente con obligaciones, pero antes de elegir cualquiera de ellos, debes tomar en cuenta el capital o recursos con los que cuenta y no afectar demasiado tu economía, ya que el impago te generará aún más recargos y sanciones.

Pago con bienes embargados

Los bienes pasarán por un proceso de avalúo en el que se definirá el valor, el cual debe ser suficiente para cubrir la deuda o de lo contrario, se aplicará una ampliación de embargo en que se pueden perder definitivamente

Pago único

Si cuentas con el capital suficiente para cubrir el monto, entonces hacer el pago en una sola exhibición es la manera ideal de terminar con tu compromiso y lo puede hacer mediante un depósito de efectivo o un cheque en un banco.

Pago a Plazos

Los artículos 66 y 66-A del Código Fiscal de la Federación, permiten hacer pagos parciales sin superar los 36 meses, con tasas de recargos mensuales del 1 por ciento en el plazo de 12 meses, 1.25 por ciento en el plazo de 13 a 24 meses y de 1.5 por ciento del plazo de 25 a 36 meses.

Pago diferido

Se deberá abonar un 20 por ciento de la deuda y se tendrán un máximo de 12 meses para depositar el 80 por ciento restante, con una tasa de recargos del 1.5 por ciento mensual y en un solo pago la fecha especificada por el contribuyente

¿Qué pasa si no pago mis impuestos?

Las consecuencias por ignorar las responsabilidades fiscales pueden ser muy graves, ya que el contribuyente puede hacer acreedor a fuertes multas, recargos, auditorias, embargos de propiedades y todo esto genera gastos de ejecución, lo cuales incrementan los montos de cada procedimiento.