Corte invalida carácter de seguridad nacional en obras de infraestructura

  • El Pleno de la SCJN invalidó el artículo 1 del decreto presidencial que buscaba clasificar como de seguridad nacional los proyectos de infraestructura.

Con una votación de mayoría de ocho contra tres el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el artículo 1 del decreto presidencial que buscaba clasificar como de seguridad nacional los proyectos de infraestructura.

En relación con los otros dos artículos, sobre el otorgamiento prioritario de las autorizaciones prioritarias para las obras, en un plazo de cinco días, y la vigencia de las mismas, de un año, se alcanzaron seis votos para su invalidación.

De esta forma todo el acuerdo queda invalidado, pero queda pendiente la definición de si se trata de un acto administrativo o una norma general, lo que impactará en los efectos de la invalidación.

Por este motivo, la aprobación de los efectos se aplazó para la sesión del próximo lunes, a petición de la presidenta de la SCJN, la ministra Norma Lucía Piña Hernández.

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En la discusión, las ministras Loretta Ortiz Ahlf, Yasmín Esquivel Mossa y el ministro Arturo Zaldívar establecieron que era una suposición el considerar que por clasificar de seguridad nacional las obras infraestructura, se va a reservar la información de manera automática.

El proyecto del ministro del ministro Juan Luis González Alcántara Carranca le dio la razón al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), en su controversia constitucional 217/2021.

El acuerdo fue publicado el 22 de noviembre de 2021, en el Diario Oficial de la Federación, en relación con los proyectos y obras del Gobierno de México considerados de interés público y seguridad nacional, así como prioritarios y estratégicos para el desarrollo nacional.

Ante este decreto, la información relacionada con obras como el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA), el Tren Maya, el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, las sucursales del Banco del Bienestar, puertos y aduanas, se podrá clasificar como de seguridad nacional y ser reservada por diferentes plazos.

El 15 de diciembre de ese año, el ministro ponente admitió a trámite el recurso y concedió una suspensión provisional al INAI, y se programó su resolución para este jueves 18 de mayo.

En el acuerdo, en Artículo Primero, se declara de interés público y seguridad nacional la realización de proyectos y obras a cargo del Gobierno de México asociados a infraestructura y se definen los sectores involucrados, en donde cabe toda la administración federal.

…de los sectores comunicaciones, telecomunicaciones, aduanero, fronterizo, hidráulico, hídrico, medio ambiente, turístico, salud, vías férreas, ferrocarriles en todas sus modalidades energético, puertos, aeropuertos y aquellos que, por su objeto, características, naturaleza, complejidad y magnitud, se consideren prioritarios y/o estratégicos para el desarrollo nacional”, se estableció en el documento.

En el siguiente artículo se instruye a las dependencias a otorgar la autorización provisional a la presentación y/u obtención de los dictámenes, permisos o licencias necesarias para iniciar los proyectos u obras.

Discusión

Al presentar sus argumentos, el ministro Javier Laynez Potisek calificó como ingenuo el considerar que catalogar las obras prioritarias como de seguridad nacional, no iban a tener un impacto con las funciones del INAI, en materia de acceso la información.

Molesta, la ministra Ortiz Ahlf rechazó ser ingenua y aseguró que las funciones del órgano de trasparencia no estaban afectadas.