La discriminan por su discapacidad en el Hospital Regional de Veracruz
- A la Ganadora de la medalla Adolfo Ruiz Cortines.
- El argumento que me dio el Dr. Valle, asistente de Dirección, para negarme la posibilidad de cuidar a mi familiar fue mi discapacidad.

Ningún protocolo interno puede estar por encima de la Constitución ni de los tratados internacionales de Derechos Humanos.
#Veracruz
La Ganadora de la medalla Adolfo Ruiz Cortines otorgada por el Congreso de Veracruz, María Luisa Bandala Pantoja; dio a conocer un hecho de discriminación que sufrió en el Hospital de Alta Especialidad de Veracruz (HAEV), popularmente conocido como Hospital Regional de Veracruz.
Me encuentro en el Hospital Regional de Veracruz. Apenas había ingresado para cuidar a mi familiar cuando se me informó que, por indicación de Trabajo Social, no podía permanecer ahí y que, de no retirarme, me sacarían del área.
Acudí a Trabajo Social para solicitar una explicación. Ahí se me informó que, debido a mi discapacidad y con fundamento en un protocolo del hospital, no se me permitiría cuidar a mi familiar, lo que constituye un acto de discriminación prohibido por el artículo 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, por lo que me indicaron que acudiera con el Dr. Valle, asistente de Dirección, ya que, si él lo autorizaba, se me permitiría cuidar a mi familiar. Sin embargo, el Dr. Valle se negó a recibirme o escuchar mi planteamiento y, en su lugar, envió a un elemento del personal de seguridad para comunicarme verbalmente que la respuesta definitiva era un “no”, negándome la autorización sin expresar las razones de dicha decisión. Al negarse a atenderme de manera directa y omitir explicarme los motivos de la negativa, el servidor público incumplió su obligación de atender mi petición, con lo cual incumplió lo dispuesto en el artículo 8° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El argumento que se me dio para negarme la posibilidad de cuidar a mi familiar fue mi discapacidad.
Es importante señalar que esta no es la primera vez que cuido a un familiar en ese hospital. Anteriormente cuidé a mi padre durante el tiempo que estuvo internado en el mismo Hospital Regional de Veracruz, desempeñando esa labor sin que existiera inconveniente alguno ni se me negara el acceso por motivo de mi discapacidad. Por ello, resulta aún más preocupante que, en esta ocasión, se me impida brindar el mismo apoyo bajo un argumento que antes nunca había sido utilizado.
No todas las personas con discapacidad necesitan un cuidador ni dependen de otras personas para realizar sus actividades. Muchas llevamos una vida independiente. Además, existen distintos tipos de discapacidad, por lo que no debe asumirse, de manera generalizada, que una persona con discapacidad es incapaz de cuidar a un familiar. Hacer esa suposición constituye un trato basado en estereotipos. En mi caso, nunca se valoró de manera individual mi capacidad para desempeñar esa función ni, en su caso, se consideró la posibilidad de realizar los ajustes razonables que fueran necesarios.
Ningún protocolo interno puede estar por encima de la Constitución ni de los tratados internacionales de Derechos Humanos.
También es importante señalar que existen familiares de personas con discapacidad que no cuentan con otra persona de apoyo, y situaciones como esta pueden dejar a un paciente sin acompañamiento, lo cual afecta directamente su bienestar y su derecho a recibir apoyo familiar.

