Violando la ley, RTV transmitió mítines políticos

  • Artículo 134 prohíbe usar recursos públicos para difundir propaganda político-electoral; Gobernador Cuitláhuac y coordinador Iván Luna, admiten haber aprobado la transmisión, incurriendo en un probable delito electoral.
  • La Ley prohíbe tanto a Cuitláhuac como a Iván, la utilización de fondos, bienes o servicios que tenga a su disposición, en virtud de su cargo, al apoyo o al perjuicio de un precandidato, partido político, coalición, agrupación política o candidato.

#Xalapa

Radiotelevisión de Veracruz (RTV) violó la Ley al transmitir completos los mítines políticos de los precandidatos del partido Movimiento Regeneración Nacional (MORENA) y de la alianza PAN-PRI-PRD; por su inicio de precampaña a la Gubernatura.

Este jueves, en conferencia de prensa, el Cuitláhuac García Jiménez; admitió haber autorizado las transmisiones e intentó defenderlo con el argumento que sólo se informa a la población sobre sus opciones para las próximas elecciones; aún y cuando el Artículo 134 Constitucional prohíbe usar recursos públicos (televisora del Estado) para difundir propaganda político-electoral.

Aseguró que se transmitirán y se cubrirán los eventos de todas las opciones políticas que participen en el proceso electoral. «Sin problema, siempre y cuando nos autoricen los partidos si se quieren difundir en los espacios noticiosos la información», expresó.

No obstante, Cuitláhuac reconoció que no tenía conocimiento de que el mitin de una precandidata se había transmitido en vivo por la televisora de Gobierno y el del precandidato opositor se hizo con dos horas de retraso; aunque descartó «cargada» por parte del organismo público hacia la precandidata.

Así mismo, el todavía coordinador general de Comunicación Social de Gobierno del Estado, Iván Luna Landa; admitió haber difundido actos políticos de campaña y trató de matizar el presunto delito argumentando que: “RTV cumple la función de informar a la población dando paso a todos los perfiles políticos, se le da espacio a todas las corrientes políticas (…) Iniciaron de diferente forma ambos. Está en redes la transmisión en vivo del candidato de la oposición y de la ingeniera también. Fue una manera de garantizar que todos tuvieran espacios”.

Transmitir el mitin de ambos candidatos, no exime a RTV de violar la Ley, pues la televisora estatal viola el artículo 134 constitucional al utilizar recursos públicos con la finalidad de difundir propaganda político-electoral en medio del proceso electoral en favor de la precandidata de MORENA, o en su caso del precandidato de la alianza PAN-PRI-PRD.

Asimismo, viola el inciso “E” fracción 1 del Artículo 449 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, que prohíbe que durante los procesos electorales, las autoridades y servidores públicos difundan propaganda político-electoral.

El Artículo 11 señala que se impondrán de 200 a 400 días multa y prisión de 2 a 9 años al servidor público que:

III. Destine, utilice o permita la utilización, de manera ilegal de fondos, bienes o servicios que tenga a su disposición, en virtud de su cargo, al apoyo o al perjuicio de un precandidato, partido político, coalición, agrupación política o candidato, sin perjuicio de las penas que puedan corresponder por el delito de peculado.

Artículo 134 Constitucional: los recursos económicos de que dispongan la Federación, las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados, prohíbe usar recursos públicos para difundir propaganda político-electoral.

La propaganda electoral es un tipo de comunicación persuasiva, con la finalidad de promover o desalentar actitudes en pro o en contra de un partido político o coalición, un candidato o una causa con el propósito de ejercer influencia sobre los pensamientos, emociones o actos de un grupo de personas simpatizantes.