Imponen prisión preventiva justificada a Jasmín “N”
|- Le arrojó aceite hirviendo a María Guadalupe, causándole quemaduras de segundo y tercer grado en el brazo izquierdo, así como en ambas piernas y pies.
Fiscalía no especifica cuánto tiempo va a estar en prisión y se teme que con alguna estrategia legal pueda obtener su libertad; ciudadanía pide se aplique la “Ley Malena”.
#Xalapa
Este miércoles, mediante un comunicado la Fiscalía General del Estado, informó que a través de la Fiscalía Especializada en Delitos de Violencia contra la Familia, Mujeres, Niñas y Niños y de Trata de Personas, obtuvo vinculación a proceso en contra de Jasmín “N” como probable responsable de los delitos de lesiones dolosas calificadas y amenazas, en agravio de una víctima de identidad resguardada.
Los hechos ocurrieron el 29 de diciembre de 2024, en un establecimiento de alimentos ubicado en la avenida Atenas Veracruzana, colonia Revolución, en Xalapa. En este lugar, la ahora investigada presuntamente agredió físicamente a la víctima, causándole lesiones en su cuerpo como resultado de quemaduras provocadas por aceite hirviendo, al mismo tiempo que le realizó amenazas.
Durante la audiencia de imputación, la defensa de Jasmín “N” renunció a su derecho al término constitucional, lo que permitió al juez de control dictar el auto de vinculación a proceso por los delitos mencionados.
Como medida cautelar, se impuso la prisión preventiva justificada, dentro del proceso penal número 1242/2024.
Sin embargo, el comunicado de la FGE, no especifica cuánto tiempo va a estar en prisión y se teme que con alguna estrategia legal pueda obtener su libertad, por lo que la ciudadanía pide se aplique la “Ley Malena”, que es una iniciativa que busca tipificar como delito grave los ataques con ácido, sustancias químicas o corrosivas (tal como el aceite hirviendo que le aventó a María Guadalupe).
El 31 de Julio de 2024, el Pleno de la LXVI Legislatura del Congreso de Veracruz, aprobó el decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y del Código Penal, ambos ordenamientos del estado de Veracruz, para tipificar como delito la Violencia Ácida y sancionar con penas que irían de los ocho a los doce años de prisión y multa de 300 a 700 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). La pena puede aumentar hasta en una mitad si el ataque se comete por razones de género, causa incapacidad, deformidad o pérdida de un sentido, o si hubo amenazas o acoso previo.
Se define como violencia ácida el uso de sustancias químicas, corrosivas, cáusticas, irritantes, tóxicas, inflamables, álcalis, ácido, líquidos a altas temperaturas, o cualquier otra sustancia que pueda causar lesiones en órganos internos o externos.