DESATINOCRACIA

DESATINOCRACIA

Por Juan Baizabal

Justo en la columna de la semana pasada, hablamos del alto índice de violencia que se vive en nuestro país, de los aberrantes actos que ocurren a lo largo y ancho del territorio mexicano.

Este fin de semana, para no perder costumbre, la violencia se apoderó del estadio Corregidora en Querétaro. Lo que inició como un partido de fútbol entre el Querétaro y el Atlas terminó en una batalla campal, donde se habla, de manera extraoficial de 17 muertos, sin embargo, la Fiscalía General de ese Estado, solo ha dado a conocer la cifra de personas heridas, misma que suma 26.

Noticias que hieren y nos hacen reflexionar. ¿A dónde vamos como sociedad?

Hoy, en este martes ocho de marzo, como en años pasados, se conmemora el Día Internacional de la Mujer, referido así, por la Organización de las Naciones Unidas, a partir de 1975, con la finalidad de reconocer a las mujeres como artífices de la historia mundial, coadyuvar en la concientización de su igualdad para con el hombre (ONU, 2022).

Este 2022, con el eslogan: “Igualdad de género hoy para un mañana sostenible”, la ONU MUJERES reconoce y celebra a las mujeres y niñas que lideran la carga sobre la adaptación y respuesta al cambio climático, y honra su liderazgo y contribución hacia un futuro sostenible (ONU MUJERES, 2022).

La Declaración de las Naciones Unidas sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, refiere que la violencia contra las mujeres este tipo de violencia, como actos basados en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o sicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la acción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la privada (OACNUDH, ONU MUJERES, 2014).

Miles de mujeres marchan en este día, por las avenidas más importes en todo el mundo. Su discurso versa principalmente: en la demanda de igualdad de género, violencia y acoso sexual, exigen justicia en los miles de casos de feminicidios que han quedado impunes.

En 2020, la Revista Forbes México hizo público un estudio realizado por la Asociación Impunidad Cero, que refleja un incremento de este tipo de delito en un 137.6 por ciento desde 2015, un nivel de impunidad de 51.4 por ciento en feminicidios y de 89.6 por ciento en homicidios dolosos contra mujeres.

Esta acción de indefensión, es la principal razón que motiva, enoja y agrupa a miles de mujeres cada año para exigir a las autoridades correspondientes, justicia por las víctimas de feminicidios en nuestra ciudad y país.

El feminicidio es la muerte violenta de las mujeres por razón de género, constituye la forma más extrema de violencia, que ocurre en el ámbito familiar o en el espacio público y que puede ser perpetuada por particulares o ejecutada o tolerada por agentes del Estado.

Este delito se encuentra tipificado bajo el concepto de “feminicidio”, “femicidio” o como homicidio agravado, dependiendo del sistema penal de cada país.

En nuestro estado, el 29 de agosto de 2011 se adicionó el Capítulo VII BIS al Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de Llave, correspondiente al delito de feminicidio, mismo que refiere en el Artículo 367 Bis: “Comete el delito de feminicidio quien por razones de género priva de la vida a una mujer” (CPEV, 2022).

Para tal Código Penal, se trata de un feminicidio, cuando exista o haya existido entre el activo y la víctima una relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, de matrimonio, concubinato, noviazgo o cualquier otra relación de hecho o amistad.

También, cuando exista o haya existido entre el activo y la víctima una relación laboral, escolar, o cualquier otra que implique confianza, subordinación o superioridad.

Otra de las características de la comisión de este delito, se da cuando la víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo. Se hacen presentes las mordidas, ataduras de manos y pies, mutilaciones en genitales y partes íntimas, introducción de objetos vía vaginal, anal o bucal, entre otras.

Por lo general, a las víctimas de feminicidio se les han infligido lesiones infamantes, degradantes o mutilaciones previamente a la privación de la vida, o se realicen marcas infamantes o degradantes sobre el cadáver, o éste sea mutilado. Presentan cortes de cabello parcial o total, heridas, quemaduras de cualquier grado, desprendimiento de piel, dedos o de cualquier otro órgano externo e interno.

En la mayoría de los casos, la víctima sufre o sufrió de amenazas, acoso o lesiones por parte del sujeto activo.

Cuando ocurre un feminicidio, es común que el cuerpo de la víctima sea expuesto o arrojado en un lugar público. De tal manera, que se exhibe a la occisa en posiciones sexuales, fetal o de indefensión.

También, se puede dar los casos, donde la víctima es incomunicada. Con anterioridad se reporta su desaparición, al paso de los días es contrada sin vida.

En nuestro estado, quien cometa el delito de feminicidio se le impondrá una sanción de cuarenta a setenta años de prisión, como se establece en el Artículo 367 Bis (CPEV, 2022).

El feminicidio constituye una violación de varios derechos fundamentales de las mujeres, consagrados en los principales instrumentos internacionales de derechos humanos, en especial el derecho a la vida, el derecho a la integridad física y sexual, y/o el derecho a la libertad personal. No podemos tolerar más este tipo de violencia.